La empresa polaca Mocek y Wenta tenía la intención de registrar un caimán para utilizar en productos y servicios.
El Tribunal General de la Unión Europea, desestimó el registro de una marca polaca, Mocek y Wenta, que tenía un caimán al considerar que para los consumidores podría representar una variación de la firma francesa Lacoste.
El fallo consideró la notoriedad alcanzada por el cocodrilo de Lacoste e impidió que se reproduzca un animal similar para productos de cuero, prendas de vestir y calzado.
La disputa comenzó en 2007 cuando la empresa polaca solicitó a la Oficina de Armonización del Mercado Interior (OAMI) el registro de un reptil para aplicar a diferentes productos y servicios. Lacoste se opuso. La OAMI le dio la razón a Lacoste en primera instancia por lo que la empresa polaca recurrió al Tribunal que confirmó la decisión.
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