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Cuentas bancarias sancionadas aumentaron 35%

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Close up of a pen and blank check
Sladjana Lukic

Fueron 2.144 el año pasado, la mayor cantidad desde 2003.

Las cuentas bancarias sancionadas en 2015 llegaron a 2.144 con un incremento en relación al año anterior de 35,3%. En total, fueron 1.611 cuentas suspendidas y 533 clausuradas, según información de la Liga de Defensa Comercial (Lideco). Es la mayor cantidad desde 2003.

En 2014, las cuentas sancionadas habían sido 1.584, con 1.189 suspendidas y 395 clausuradas. El incremento respecto a 2013 había sido de 6,5%.

El director gerente de Lideco, Bernardo Quesada, dijo a El País que el aumento de las cuentas bancarias sancionadas va en consonancia con el enlentecimiento de la economía.

"Están habiendo problemas en empresas y personas que tienen cuentas y que no pueden cubrir sus fondos. Se vincula a lo que está pasando con la economía", señaló.

La desaceleración económica también se notó en la cantidad de empresas que se presentaron a concurso de acreedores el año pasado. En total fueron 85 las compañías, de las cuales 60 lo hicieron en forma voluntaria (por la imposibilidad de hacer frente al pago de sus obligaciones) y 25 de manera necesaria (solicitado por sus acreedores), según datos de Lideco.

La cantidad de empresas que se presentó a concurso fue la mayor desde la crisis de 2002 cuando habían optado por ese camino unas 220 empresas.

Quesada explicó que al observar la situación de los concursos del año pasado se puede verificar que en muchos casos las empresas ya habían tenido cuentas suspendidas. Por lo tanto, el crecimiento en la cantidad de cuentas sancionadas podría estar "dando un indicador adelantado de que van a seguir aumentando los concursos", dijo el ejecutivo de Lideco.

La clausura de cuenta bancaria se aplica cuando la emisión de cheques sin fondos —y, por tanto, la suspensión— es repetida. Esa medida puede extenderse por el plazo de uno a dos años. En tanto, cuando se libra un cheque que no puede ser cubierto por falta de fondos, la suspensión que se aplica es por seis meses, según establece la legislación vigente.

Además, cuando esta situación es detectada por el Banco Central, se otorga un plazo de cinco días hábiles al titular de la cuenta para que cumpla con los pagos o de lo contrario se procede a la suspensión.

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