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Las empresas que organizan congresos deben registrarse

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Busca aumentar “profesionalidad” del sector, dice gobierno.

Hasta el momento no existía una normativa vigente que regulara la actividad de aquellas empresas que se dedicaran a la organización de eventos. Por este motivo, un decreto del Ministerio de Turismo (Mintur) —con fecha 13 de marzo— buscó remediar esta situación para "impulsar la profesionalidad" de este sector que desde la cartera se trata de fomentar. Entre otros atractivos de este tipo de turismo, quien llega a un país por un congreso tiene un gasto sensiblemente por encima de un visitante "común", han repetido más de una vez los jerarcas del área.

A partir de este decreto, los organizadores profesionales de congresos (OPC) tendrán que inscribirse en el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos que lleva el Mintur.

Las firmas que tengan la intención de empezar a trabajar en este terreno deberán, entre otros, "demostrar idoneidad profesional, presentando un título o diploma habilitante, expedido por una institución educativa", explicó a El País el abogado Guzmán Ramírez, del estudio Bergstein. En cambio, las empresas que ya ofrecen hoy este tipo de servicios contarán con un plazo "especial" de cuatro meses para inscribirse. "Para demostrar la idoneidad profesional no tendrán que presentar ningún título o diploma habilitante", señaló Ramírez.

Aquellos que ya trabajen en este sector, entonces, podrán registrarse pese a no contar con título o diploma habilitante.

Asimismo, el decreto estipula que la inscripción tendrá validez por cinco años. Previo al vencimiento de este plazo se deberá proceder a la reinscripción de la empresa.

Ramírez señaló que cualquiera de las firmas que incumplan alguna de las obligaciones "estarán expuestas a varias sanciones, entre ellas: una multa de hasta US$ 6.300 —que en caso de reincidencia podría alcanzar los US$ 12.600— y la propia clausura de la empresa".

Meses atrás, en octubre, el Poder Ejecutivo había sacado otro decreto, que establecía, entre otros, que los arrendamientos de salas de convenciones, los servicios de organización de eventos internacionales y la matrícula de inscripción se considerarán exportaciones de servicios, y por tanto, exoneradas de IVA.

"A los efectos de obtener dicho incentivo fiscal, la exoneración de IVA, ahora será necesario, además de que el congreso cuente con la declaratoria de interés turístico, que la empresa organizadora del evento esté inscripta en el Registro de Prestadores de Servicios Turísticos del Ministerio de Turismo", indicó el abogado.

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