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Se suman críticas a proyecto que ataca al secreto bancario

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DGI: cuestionan su poder y dicen que está en el Siglo XXI. Foto: archivo El País
DGI, Direccion General Impositiva, oficina publica, atencion al publico, nd 20070418, foto Jose Luis Bello, Archivo El Pais
Archivo El Pais

Cámara de Comercio y catedráticos dicen que hay inconstitucionalidades.

Expertos tributaristas y la Cámara Nacional de Comercio y Servicios (CNCS) cuestionaron la premura del gobierno por asumir compromisos en materia de transparencia fiscal. Sostuvieron que el proyecto de ley que analiza el Parlamento extralimita los deberes de Uruguay, tiene artículos inconstitucionales y profundiza los poderes de la Dirección General Impositiva (DGI) frente a los contribuyentes.

Los planteos fueron hechos el miércoles pasado durante una sesión de la Comisión de Hacienda de Diputados, que desde hace varias semanas recibe delegaciones en el marco del estudio del proyecto de ley impulsado por el Poder Ejecutivo que deja de lado el secreto bancario para el intercambio de información y la DGI.

Entre otras cosas, la normativa establece que las instituciones financieras deberán informar al fisco los saldos y rentas acreditadas en cuentas bancarias de residentes y extranjeros, obliga a identificar a los beneficiarios finales de sociedades uruguayas y aumenta los impuestos a las sociedades en paraísos fiscales.

Parte de esas obligaciones surgen de compromisos asumidos por Uruguay con la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), como intercambiar desde 2018 la información bancaria de los no residentes de forma automática con fiscos extranjeros.

Pero la CNCS —representada por Juan Mailhos (asesor) y Claudio Piacenza (gerente)— sostuvo que no apoya el proyecto de ley porque "plantea extralimitar algunos compromisos internacionales que el país ha asumido".

Mientras que el catedrático de Derecho Tributario de la ORT y socio de Ferrere, Alberto Varela, expresó que el gobierno recibe "presiones injustas e ilegitimas" para brindar datos tributarios al exterior. "Habría que cumplir (con el intercambio) sin tanto entusiasmo y lo más tarde que se pueda, sin llegar a incumplir. No hay ningún apuro para hacer cosas que nos perjudican", agregó ante la Comisión de Hacienda.

Su colega Gianni Gutiérrez, director del equipo de Impuestos de Ferrere, aclaró que la OCDE no obliga al país a acceder a la información bancaria de los residentes ni a castigar a los paraísos fiscales. "Uruguay se suma a la guerra contra los paraísos fiscales siendo más papista que el Papa y castigando jurisdicciones con las que no tiene competencia fiscal y que tienen regímenes fiscales parecidos al nuestro", señaló el experto.

Tanto la gremial empresarial como Gutiérrez alertaron que al atacar a las jurisdicciones de baja o nula tributación, Uruguay podría ver afectados sus regímenes especiales a nivel de puertos o zonas francas.

Otra crítica de la CNCS apuntó a varios aspectos de la ley que quedan abiertos hasta la reglamentación del gobierno, como el monto límite para reportar las rentas en cuentas bancarias y la definición de las jurisdicciones de baja o nula tributación. "Establecer esto exclusivamente al talante y al humor del Poder Ejecutivo puede generar situaciones desgraciadas", advirtió Mailhos.

Por otra parte, Varela expresó que "esta ley no combate el narcotráfico ni el terrorismo. Por eso, el nombre que se da al proyecto de ley es incorrecto: transparencia fiscal internacional y prevención del lavado de activos y financiamiento del terrorismo. Hay que decir las cosas como son: es un proyecto de ley sobre más impuestos".

Inconstitucionalidad.

Ambas delegaciones mencionaron que varios aspectos del proyecto de ley van contra lo establecido en la Constitución. "El levantamiento del secreto bancario sin la participación de un juez viola la Constitución", aseguró Varela y señaló que dicha visión es reconocida "por la doctrina nacional".

El catedrático de la ORT recordó que en 2011 se aprobó una ley que establece que "para levantar el secreto bancario la DGI debe probar al juez que existen indicios" de evasión tributaria. Al respecto, la CNCS indicó que el fisco uruguayo tiene hoy día "los elementos como para acceder a la información (que requiera), en tiempos razonables y con garantías para los ciudadanos", siendo innecesaria la nueva legislación.

Gutiérrez visualizó otro problema jurídico en el hecho "que el fisco uruguayo intercambie información sin dar vista previa al titular de ella para que pueda, al menos, corroborarla". Señaló que si se es coherente con la posición histórica de la doctrina nacional "el intercambio automático viola la Constitución" y cuando Uruguay asumió el compromiso con la OCDE "resolvió que tendría que aprobar una norma de carácter inconstitucional".

Proyecto de derechos para contribuyentes.

El experto en Derecho Tributario, Gianni Gutiérrez, manifestó que la conexión entre la Dirección General Impositiva (DGI) y los contribuyentes "se ha transformado en una relación de poder y no de derecho". Agregó que quienes han tenido inspecciones en sus empresas "saben que es una situación difícil, en la que los derechos no se ven protegidos en forma efectiva".

Señaló que varias normas incluidas en el proyecto de ley aumentan aún más el poder del fisco, como el acceso al saldo en cuentas bancarias de residentes y los datos de los beneficiarios finales de las sociedades. "Mientras no hay una sola norma que hable de los derechos o de las garantías de los contribuyentes", advirtió.

Para subsanar los problemas que derivan de tener "una DGI del siglo XXI y un sistema de defensa de los contribuyentes del siglo XIX", Gutiérrez anunció que presentará en el Parlamento un proyecto para incrementar los derechos de las personas ante el fisco.

Adelantó que propondrán poner límites a la duración de las inspecciones, dado que muchas veces "se prolongan sin causa aparente", llegando hasta tres años. Indicó que en la mayoría de los países hay un plazo máximo para las inspecciones impositivas.

También sostuvo que "es necesario establecer un plazo para el dictado del acto que efectivamente determina que existe una deuda". Explicó que hay una asimetría de derechos, dado que la DGI puede trabar embargos desde el momento que los inspectores determinan una deuda, pero el contribuyente debe esperar al acto administrativo para iniciar el proceso de reclamo que culmina en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Además, planteó que se pueda acceder a financiar las deudas en cuotas y mantener el derecho de recurrir al TCA, lo que actualmente es incompatible. Gutiérrez cuestionó que la DGI tenga como costumbre "exigir las renuncias de los derechos de los contribuyentes", lo que subrayó debería estar prohibido.

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ALERTan inconstitucionalidadesMATHÍAS DA SILVA

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