Publicidad

Traban remate de OAS con materiales de regasificadora

Compartir esta noticia
Ayer se suspendió un remate previsto que OAS había adquirido para construir regasificadora.
[[[FERNANDO PONZETTO ]]]

Ayer debía realizarse un remate de materiales que pertenecen a la constructora brasileña OAS y que habían sido adquiridos para construir una parte de la planta regasificadora. Pero una movida a nivel judicial impidió la realización de la subasta.

MAXIMILIANO MONTAUTTI

La planta de regasificación que se erigía en Puntas de Sayago —señalada por el gobierno pasado como el mayor proyecto de infraestructura en la historia del país— dejó de ser un emprendimiento en construcción y pasó a ser un elemento de conflicto para varios de los actores privados que participaron de sus etapas iniciales.

Ahora, GNLS (consorcio local conformado por las multinacionales GDF-Suez y Marubeni, encargada de la construcción y puesta en marcha de la regasificadora), la brasileña OAS (contratada para obras de muelle y escolleras) y la uruguaya Costa Fortuna (subcontratada por la anterior) dirimen sus diferencias en la órbita judicial, en medio de denuncias y recursos.

Para ayer se había anunciado un remate de materiales que OAS había adquirido para realizar las obras en Puntas de Sayago. OAS se presentó a concurso de acreedores en abril, pero el remate había sido autorizado por el interventor del caso, al entender que se ajustaba a lo establecido en la Ley de Concursos.

Sin embargo, el viernes Costa Fortuna presentó un recurso en la Justicia amparándose en esa ley y trabó el remate de la víspera.

Ruben Lomiento, uno de los rematadores de Prado Remates (donde se iba a efectuar la subasta), informó a El País que mañana habrá una instancia judicial donde se debería dirimir la situación futura. Se mostró optimista y entiende que la subasta podrá finalmente realizarse. La base para el remate del total de los lotes de la mercadería de OAS asciende a US$ 1,6 millones.

La ley 18.387 de concurso y reorganización empresarial establece que "el síndico o el deudor, con la autorización y control del interventor, deberán administrar la masa activa del modo más conveniente para la satisfacción de los acreedores y que "hasta la resolución judicial que apruebe el convenio o disponga la apertura de la liquidación, la enajenación o el gravamen de bienes de uso o de derechos de cualquier clase, cuyo valor sea superior al 5% del valor total de la masa activa, requerirá la autorización del juez del concurso". Lomiento indicó que lo rematado se ajusta a lo que marca la ley, o sea es inferior a ese 5%.

Pero en el recurso de amparo de Costa Fortuna al que accedió El País se puso en duda esa afirmación. Allí se indicó que Prado Remates publicó en la prensa días atrás que ayer se realizaría un gran remate extrajudicial de bienes muebles calificado de "materiales y equipamiento de obra de gran porte, estructural o naval".

El escrito señaló que "ese anuncio de prensa, que también Prado Remates promocionó en su sitio web no especificaba qué empresa le ordenaba una subasta tan importante".

Añadió que días después trascendió en el sector de la construcción que ese remate había sido ordenado por OAS.

El alegato mencionó que el concurso de la constructora brasileña está suspendido judicialmente desde julio por un recurso presentado por GNLS (ver aparte).

En consecuencia, la acción de Costa Fortuna expresó que el remate, para los intereses de la masa de acreedores concursales de OAS, a priori, resultaba "ilegítimo, poco transparente y potencialmente dañoso" por una serie de causas.

Entre ellas, resaltó que OAS dispuso del remate violentando artículos de la Ley 18.387, ya que no acreditó previamente, en forma legal, si la cuantía de esos bienes que pretendía rematar superaba o no el 5% del total de la "masa activa del concurso".

Entonces, fue que se interpuso la acción de amparo, con la finalidad de impedir (suspender) que ayer se realizara ese remate "a las apuradas y sin el marco legal y garantista mínimo", en protección del valor patrimonial de la masa activa y de la masa de acreedores concursales que Costa Fortuna integra.

Ayer de mañana, la Justicia estimó procedente aceptar el recurso de amparo presentado y suspendió el remate de los materiales de la firma brasileña. Y mientras todo ahora sucede en la esfera judicial, la mayor obra de infraestructura del país no avanza y ya muchos dudan de la continuidad del proyecto de regasificación en Puntas de Sayago.

Materiales adecuados para obra de gran porte.

En el listado de materiales que integraban el remate de OAS se ofrecían 50.000 toneladas de piedra granítica de escollerado, 10 torres de iluminación, 50 toneladas de perfiles y sobrantes de obra en hierro, 30 pontones marítimos, 22 guinches de uso naval, tres galpones portátiles prefabricados, dos puente grúa para 10 toneladas, siete tanques de combustible, seis boyas de exclusión marítima y tubos de acero, entre otros.

El concurso de la constructora.

Luego que OAS se presentó a concurso de acreedores a principios de abril de este año, GNLS inició un recurso de inconstitucionalidad del artículo 56 de la Ley 18.387 ante la Suprema Corte de Justicia. La intención fue trabar el concurso. Previamente, le había rescindido el contrato a la constructora brasileña aduciendo diferencias técnicas en la construcción de la regasificadora.

En el argumento presentado ante la Justicia se indicó que en ese contrato entre ambas empresas existía una cláusula de arbitraje que queda sin efecto con el concurso de acreedores.

Ese artículo de la ley al que refiere el recurso expresa refiriéndose a la prohibición de promover nuevos juicios que "declarado judicialmente el concurso, los acreedores del deudor por créditos anteriores a la fecha de declaración no podrán promover contra el deudor procedimientos judiciales o arbitrales de ningún tipo. Las actuaciones judiciales o arbitrales que se realicen serán nulas".

Sin embargo, el lunes 19 de octubre la Fiscalía de Corte comunicó a la Suprema Corte de Justicia que a GNLS no le asistía razón en el recurso de inconstitucionalidad presentado. Ahora, esa dependencia deberá resolver ya que la opinión de la Fiscalía no es vinculante.

El eterno femenino de una imaginativa pintora
Ayer se suspendió un remate previsto que OAS había adquirido para construir regasificadora.

La empresa subcontratada presentó un recurso de amparo ante la Justicia

¿Encontraste un error?

Reportar

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad