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Hay 76.000 personas que todavía no cobraron la devolución de IRPF 2020, ¿cómo hacerse de ella?

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Ya está habilitada la consulta para saber si tiene saldo para cobrar por el IRPF. Foto: Fernando Ponzetto

CAMPAÑA

La devolución de IRPF 2020 que se puede consultar con cédula en la web de la Dirección General Impositiva (DGI) y está disponible para cobrar desde el 8 de junio en redes de cobranza y bancos.

Desde el 8 de junio algunos contribuyentes del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) tienen a disposición una devolución automática de dinero por parte de la Dirección General Impositiva (DGI) por cobros en exceso durante 2019.

Esto ocurre porque el IRPF es un impuesto de carácter anual. Si bien mes a mes los empleadores realizan retenciones sobre los salarios de los trabajadores, la forma de calcular el IRPF es sobre los ingresos percibidos en todo el año.

Pero, puede pasar que el trabajador haya obtenido en algunos meses del año una retribución mayor a la habitual y en ese caso la retención mensual se realizó a una tasa mayor de la que correspondía aplicar considerando los ingresos de todo el año. Es por esto que en diciembre los empleadores hacen un ajuste anual, donde se toman los ingresos de todo el año, se calcula el IRPF a pagar y se ve cuánto se le retuvo. En este ejemplo, al trabajador se le aplicaron retenciones de más.

Eso ocurrió en diciembre de 2019 y desde el 8 de junio la DGI realiza la devolución de IRPF 2020, que se podrá consultar con cédula y usuario de DGI, por lo que le retuvo en exceso durante el año pasado.

Según datos proporcionados por la DGI hasta el viernes habían cobrado la devolución automática del IRPF 160.321 contribuyentes de un total de 236.425 que la tienen disponible. Es decir que todavía había 76.104 contribuyentes de IRPF que no habían cobrado su devolución.

Los 160.321 contribuyentes que han cobrado sus devolución de IRPF 2020 en bancos y redes de cobranza, recibieron "un monto de $ 678.590.225”, informó la DGI. Eso da $ 4.235 promedio por devolución.

Red de Cobranza
El 88% de los que cobraron su devolución de IRPF 2020 lo hizo a través de Abitab o RedPagos, 

Según los datos de la DGI, el 88% de las devoluciones de IRPF 2020 se efectuó a través de las redes de cobranza Abitab y RedPagos.

¿Cómo se cobra la devolución IRPF 2020?
El trabajador no necesita realizar ningún trámite. Simplemente verifica si tiene una devolución de IRPF o no en la web de la DGI para lo que deberá contar con usuario del organismo. Deberá consultar con su cédula donde dice RUT la devolución IRPF 2020 y deberá tener la clave de DGI.

¿Cómo se obtiene la clave? Si ya no la tiene, se solicita en las redes de cobranza RedPagos o Abitab presentando la cédula de identidad. La clave que proporcionan al contribuyente en esos locales para realizar el trámite, es reemplazada (si es que la tiene) por la identificación de ID-Uruguay.

También puede consultar con su cédula de identidad directamente en Abitab o RedPagos y si tiene crédito a favor, ya lo cobra.

La ventaja de tener la clave de acceso a DGI, es que si en el futuro necesita hacer la declaración jurada del IRPF o algún otro trámite ante el organismo, ya le queda.

Si tiene una devolución de IRPF, podrá cobrarla en un local de RedPagos o Abitab o en el banco que haya elegido (si ya hizo la elección en un año previo, no tiene que hacerla nuevamente). En caso de que quiera cobrar la devolución de IRPF por un banco, deberá realizar previamente el trámite de adhesión para cobrar créditos de DGI en la institución bancaria de su preferencia (debe tener cuenta allí).

Otro aspecto a tener en cuenta: si la devolución de IRPF supera las 10.000 Unidades Indexadas (más de $ 46.400), sí o sí deberá elegir una institución bancaria para obtener el dinero.

Un detalle adicional: para cobrar la devolución de IRPF en un Abitab o un RedPagos es necesario concurrir con la cédula de identidad. En el caso de haber elegido un banco, el dinero se acredita automáticamente en su cuenta sin necesidad de presentar absolutamente nada.

DGI. Foto El País
La DGI brinda asistencia para hacer la declaración jurada del IRPF y del IASS. Foto: El País

Declaraciones Juradas de IRPF e IASS
?Desde el 15 de junio hay precargadas 1.436.486 declaraciones juradas de IRPF en la web de la DGI y 177.702 declaraciones juradas del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS).

"En estos 10 días, se han presentado 108.369 declaraciones juradas de IRPF, de las cuales 100.579 se realizaron a través de los formularios en línea: el 93% de los contribuyentes han preferido esta modalidad.

En tanto, se realizaron en el mismo período 9.039 declaraciones de IASS por parte de jubilados y pensionistas, de las que 7.925 se hicieron en los formularios en línea. 

La DGI en años anteriores precargaba las declaraciones juradas de aquellos contribuyentes que estaban obligados a realizarla. Este año, el organismo resolvió poner a disposición las declaraciones juradas precargadas de todos aquellos que perciben ingresos, aunque no terminen siendo contribuyentes del IRPF (porque están por debajo del mínimo imponible, entre otros).

Todos los trabajadores dependientes que hayan tenido más de un empleo y sus ingresos anuales superaron los $ 654.795 nominales y los jubilados que percibieron más de una pasividad y hayan ingresado más de $ 654.795 nominales en todo 2019, están obligados a presentar la declaración jurada de IRPF e IASS respectivamente.

A su vez, aquellos trabajadores que tuvieron un único empleador durante todo el año, pero en el mes de diciembre no tuvieron ingresos, deben presentar el documento.

También deberán presentar la declaración jurada de IRPF aquellos que quieran pagar el impuesto como núcleo familiar (sumando el ingreso de la pareja y beneficiándose de un mínimo no imponible más alto), o que quieran descontar el pago de parte del alquiler para vivienda o que quieran descontar parte del pago de la cuota hipotecaria para compra de vivienda.

Por su parte, los trabajadores independientes, profesionales y no profesionales, que hayan prestado servicios personales fuera de la relación de dependencia durante el año 2019 y no hayan tributado Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) por esas rentas deben presentar declaración jurada de IRPF —también IVA Servicios Personales—. Esto es sin importar el monto de ingresos obtenido en el año.

La declaración jurada prevé que una misma persona pueda tener ingresos como trabajador dependiente y como trabajador independiente.

Para hacer la declaración jurada que está precargada en la web de DGI del IRPF hay que seguir una serie de pasos y luego se puede confirmar o modificar los datos, por ejemplo agregando deducciones, créditos por alquiler, o corrigiendo ingresos y retenciones.

La DGI destaca que este paso se resuelve “de una forma muy sencilla y rápida” en la web. Solo se requiere una clave —si es que ya no se tiene una previamente— que se solicita en las redes de cobranza RedPagos o Abitab presentando la cédula de identidad. Esa clave que proporcionan al contribuyente en los locales de cobranza para realizar el trámite, es reemplazada si es que la tiene por la identificación de ID-Uruguay.

En el caso de los jubilados que abonan IASS, podrán acceder desde el lunes en la web de la DGI a una declaración jurada borrador con todos los pagos y retenciones de las diferentes instituciones previsionales. La diferencia con la información cargada en el caso del IRPF es que estos datos no se pueden modificar, aunque sí se puede agregar el crédito por alquiler. La clave para este trámite también se solicita en Abitab o RedPagos con la cédula.

Si se tienen dudas sobre la declaración jurada precargada, la DGI puso a disposición la línea telefónica 1344 opción 2, de lunes a viernes de 8 a 20 horas.

Si se prefiere contar con asistencia personalizada en locales del organismo, se requiere agenda previa vía web y hay que hacerlo en la fecha que corresponde al dígito verificador de la cédula de identidad como ya dio cuenta El País junto con la información de en qué casos conviene hacer la declaración jurada.

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