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¿Cómo abrir una empresa unipersonal? Una opción para trabajadores independientes

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Empresarias mujeres
MUJERES EMPRENDEDORAS , EJECUTIVAS, TRABAJADORAS, OFICINA EMPRESA EMPRESAS

FINANZAS DE BOLSILLO

Un repaso por los requisitos y posibilidades que brinda esta forma jurídica para instalar una empresa.

Sea por decisión propia, por motivos de fuerza mayor o por el surgimiento de una oportunidad, es frecuente que en algún momento a lo largo de su vida, una persona se plantee empezar un emprendimiento.

Para hacerlo, una de las formas jurídicas más frecuentes es a través de la empresa unipersonal, un tipo de emprendimiento que suele resultar conveniente ya que no se requiere capital mínimo (o máximo) para comenzar. En el Finanzas de Bolsillo de hoy repasamos qué se requiere para abrir una y qué otras formas existen.

El trabajo independiente

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Una investigación realizada por la consultora Equipos en el año 2014, reflejó que en Uruguay un 65% de los jóvenes prefiere trabajar de forma independiente. Entre las principales razones mencionaron la flexibilidad a la hora de elegir el momento y el lugar para trabajar, así como la autorrealización y la independencia personal.

Algunas de las ventajas para quienes estén pensando en abrir una empresa unipersonal radican en que se requieren menos trámites en comparación con otras formas jurídicas como las sociedades anónimas (SA) o las sociedades de responsabilidad limitada (SRL).

Asimismo, cuenta con relativamente pocas restricciones legales; el titular de la empresa es el propio administrador; el emprendedor puede dedicarse a más de un rubro si lo desea y el titular tiene la posibilidad de contar con cobertura de salud a nivel individual así como también para su cónyuge e hijos.

Una de las que enfrentan los emprendedores son los costos y trámites para abrir sus empresas; esperan corregirlo.
Según un estudio realizado en 2014, un 65% de los jóvenes uruguayos prefiere trabajar de forma independiente. Foto: Archivo.

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En la Unidad de Apoyo al Sector Privado (Unasep) del Ministerio de Economía afirman que este tipo de empresa es u201cmuy ajustada y adecuadau201d para emprendimientos u201cde menor envergadurau201d en donde u201cno es necesaria la constitución de una persona jurídicau201d.

Esto implica a su vez una mayor rapidez a la hora de constituir la empresa, u201cbajo costo para su inscripción en organismos públicosu201d, no hay vencimientos que delimiten la actividad y permite la posibilidad de acceder u2014en algunos casosu2014 al pago de una u201ccarga tributaria menoru201d como por ejemplo el monotributo o el IVA mínimo.

Información sobre monotributo

Quienes abran una empresa unipersonal podrán optar por el régimen monotributo solo si los ingresos no superan las 183.000 Unidades Indexadas (UI), unos $ 792.097 a valores actuales; y si desarrollan actividades de reducida dimensión económica.

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No obstante, algunas de las desventajas se centran en que el titular de la empresa es quien debe responder de forma u201cpersonal e ilimitadamenteu201d por las obligaciones de la firma, según Unasep.

Este punto se diferencia también de otras formas jurídicas como las SRL en donde los dueños o socios no tiene por qué responder con su patrimonio personal por las deudas de la empresa, como sí es en el caso de las unipersonales.

De igual modo, otra desventaja está relacionada al cierre de la empresa y es que este tipo de forma jurídica no permite que el titular transfiera o venda el negocio. En el caso de que fallezca, también dejará de estar legalmente vigente su unipersonal.

Un repaso por los requisitos y trámites

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Hay dos formas de inscribir una empresa unipersonal (y a un contribuyente) ante el Banco de Previsión Social (BPS) y la Dirección General Impositiva (DGI), a través de la web o de forma presencial. El plazo para hacerlo es dentro del mes en curso de inicio de actividades de la empresa y en todos los casos el titular deberá ser mayor de 18 años.

Los que decidan hacerlo a través de la web, deben recordar que es exclusivamente para personas físicas que no tengan inscripción previa como contribuyente ante la DGI.

Para poder abrir una empresa unipersonal de forma presencial ante el BPS no se necesita agenda previa si es en Montevideo. Se le solicitará al titular los formularios 0351 (tres copias) y doble faz (se consigue a través del portal web), con un timbre profesional; dos copias del formulario de declaración jurada de trabajadores no dependientes (excepto empresas rurales) con un timbre profesional y dos fotocopias de documento de identidad del titular. El valor del timbre profesional será incluido en la cuenta de la empresa a través de BPS.

Los datos de las exoneraciones fueron pedidos por el representantes de los trabajadores, que quiere "transparentar" la asistencia al BPS. Foto: F. Ponzetto
Las empresas unipersonales tienen como plazo para inscribirse ante el BPS el mes en que comienzan su actividad. Foto: F. Ponzetto

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Asimismo, el interesado deberá presentar una constancia de domicilio fiscal, una factura original y dos fotocopias ya sea de UTE o de Antel de no más de 60 días de vigencia y deben estar a nombre del titular.

En el caso de que la persona no cuente con esta documentación puede optar por realizar una certificación notarial y dos fotocopias en la que tiene que establecer nombre, documento de identidad, estado civil, nacionalidad, capacidad legal, domicilio particular y domicilio fiscal (este corresponde al lugar donde se desarrolla efectivamente la actividad empresarial).

En el BPS enfatizan que las empresas u201cdeben informaru201d el Consejo de Salarios que corresponda a su actividad para que pueda ser incorporada a la planilla de trabajo unificada del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) ya que dicha información es necesaria para declarar el ingreso de trabajadores dependientes.

Una nueva opción: las sociedades por acciones simplificadas

Entre las principales insatisfacciones de los emprendedores uruguayos se destacaba el tema impositivo, las tarifas públicas y la regulación laboral. Además, según un informe del Centro de Estudios para el Desarrollo (CED), los emprendedores valoran más las mejoras específicas y tangibles, como la simplificación y el abaratamiento de trámites, antes que las charlas motivacionales. Es sobre esta base que el pasado 12 de septiembre el Parlamento uruguayo aprobó la ley de emprendedurismo que, entre otras cosas, contempla la creación de una nueva figura societaria: las Sociedades por Acciones Simplificadas (SAS) con el objetivo de agilizar y abaratar el proceso de constitución de una sociedad. Si bien recién fue aprobado, se estima que cuando quede reglamentado el sistema el costo por constituir una SAS sea de aproximadamente US$ 250 y pueda concretarse entre 24 y 48 horas. Entre las principales características de la nueva figura legal destaca la posibilidad de que bajo el régimen de SAS, una empresa pueda estar integrada en todo momento por uno o más socios (personas físicas o jurídicas) sin limitación. Asimismo, moderniza el funcionamiento orgánico de la empresa puesto que la SAS permite realizar reuniones en cualquier lugar, por medios de comunicación simultáneos así como tomar decisiones por consentimiento escrito. Si bien no pueden cotizar sus acciones en bolsa, eso no impide que accedan a financiamiento de gran escala en el mercado de capitales.

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En relación a los costos que se pueden llegar a tener por la apertura de una unipersonal, desde el portal Ahorrar.com.uy, calcularon que en promedio, el costo por el servicio de apertura (empresas que se dedican a asesorar a otros) es de unos $ 4.200.

Asimismo, el costo de los timbres profesionales ronda entre $ 120 y $ 200 aproximadamente. En el caso de que la persona no cuente con una factura de UTE o Antel, deberá pagar alrededor de $ 3.800 para conseguir el Certificado de Domicilio Fiscal.

Los interesados en abrir una unipersonal que residan en el interior del país deberán acudir a las dependencias habilitadas con u201cventanilla únicau201d, cabe destacar que algunos lugares exigen reserva previa y que la modalidad presencial sin previa agenda web no aplica para las empresas rurales.

Quienes deseen hacer la inscripción de su unipersonal por la web deben hacerlo a través del sitio web del BPS en la ventana donde dice u201ctodos los servicios en líneau201d.

En cuanto a los plazos, para el trámite web se debe hacer dentro del mes en curso de inicio de actividades aunque también podrá hacerse hasta 10 días después del inicio del emprendimiento.

Desde DGI informaron que cuando el inicio de actividades recaiga sobre el mes siguiente al corriente, la inscripción se podrá realizar con carácter previo al inicio de actividades (de hasta 10 días), a partir del día 25 del mes en curso. En el caso del trámite presencial la inscripción solo se realizará dentro de los 10 anteriores al inicio del emprendimiento y hasta ese mismo momento.

La pregunta
¿Cómo tributan las empresas unipersonales?
Uruguay con buena percepción de la economía. Foto: archivo El País

La forma de tributación de las empresas unipersonales en Uruguay depende del régimen al que están ligadas.

Una de las opciones más convenientes para micro y pequeños emprendimientos es el régimen monotributo que es un régimen simplificado para quienes realicen actividades empresariales de u201creducida dimensión económica, abarcando actividades desarrolladas en vía pública y en espacios públicos, así como actividades desarrolladas en pequeños localesu201d, según DGI.

Este régimen concentra en un único tributo los aportes a BPS y a DGI (impuestos nacionales vigentes, excluidos los que gravan la importación). Sin embargo, para quedar incluido en este régimen uno de los requisitos es que el límite de ingresos anuales sea de 183.000 Unidades Indexadas (UI), unos $ 792.097 a valores actuales.

Asimismo, otras exigencias refieren a que pueden tener hasta un empleado, las ventas pueden ser solo a consumidores finales, entre otros.

Las que no queden incluidas bajo este régimen deberán pagar IVA si reciben retribuciones por servicios personales a personas o empresas localizadas en Uruguay, IRPF si sus ingresos superan el mínimo no imponible establecido en las franjas y el IRAE que grava las rentas netas de la empresa.

Fuente: DGI

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