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El análisis de las fusiones de empresas que pueden impactar en los consumidores uruguayos

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Firmando un contrato. Foto: Shutterstock

DEFENSA DE LA COMPETENCIA

"Mercados sin suficiente competencia terminan o pueden terminar afectando la calidad y (los) precios de los productos a los que acceden los consumidores", dijo Marcela Bensión, del MEF.

Desde que comenzó a regir la nueva normativa de la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia (CPDC), -un órgano desconcentrado del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)- la oficina ha estudiado un total de 10 operaciones de fusiones de empresas. De ese total, ocho ya fueron autorizadas y dos están todavía en curso, una porque pasó a la segunda fase de estudio y la otra porque se presentó el pasado 2 de diciembre, por lo que aún está en plazo para resolver.

Es que los cambios a ley de Promoción y Defensa de la Competencia -aprobados en septiembre de 2019 y reglamentados este año- establecieron, entre otras cosas, que parte de las fusiones de las empresas deberán contar con la aprobación previa de la comisión, para poder así evitar posibles situaciones de perjuicios a la competencia y mitigar los problemas derivados de conductas anticompetitivas.

Del total de procesos que ha recibido la comisión, una corresponde a una fusión de tipo vertical (empresas que operan en distintos niveles de la cadena de producción o distribución), dos fusiones de conglomerados (compañías bajo la misma estructura corporativa pero cuyas empresas no comparten intereses ni compiten entre sí), seis de tipo horizontal (empresas competidoras) y una sin determinar aún.

En relación a los mercados involucrados en dichas fusiones, cuatro correspondieron al sector de ventas minoristas (almacenes, supermercados, entre otros), dos al transporte aéreo, una al hospedaje y actividades en destino, una al sector vestimenta y productos de moda, una de servicios digitales de información familiar y otra sin determinar aún.

Así lo señalaron los datos compartidos ayer por la comisión, a través de una conferencia virtual que fue organizada en el marco del Día Nacional de la Competencia en la que también se presentó la guía de análisis de concentraciones económicas.

¿Qué demostraron hasta el momento esos procesos de fusión y por qué se aprobaron? Según indicó Gonzalo Ramos, asesor de la CPDC, lo que quedó claro en esos casos es que “la afectación del mercado es muy baja o nula” y explicó tres formas de verlo. La aprobación se dio porque la participación de las empresas en el mercado definido es muy baja, menos del 10%; las ventas de las empresas en el territorio uruguayo son muy bajas y/o porque existen bienes o servicios percibidos como sustitutos muy cercanos.

Guía describe el proceso.

Con el objetivo de explicar cuáles son los criterios en los que se basa la comisión para analizar las concentraciones económicas y mitigar los problemas de competencia, la CPDC lanzó ayer una guía -basada en la experiencia de Estados Unidos, Chile, Argentina y Europa- en la que describe el proceso analítico que se utiliza.

Según indicó en la conferencia virtual la coordinadora de Política Económica del MEF, Marcela Bensión, el objetivo es poder hacer mayor foco en el área de defensa de la competencia.

“Todos sabemos que mercados sin suficiente competencia terminan o pueden terminar afectando la calidad y (los) precios de los productos a los que acceden los consumidores y por otra parte también mercados reguladores en exceso por parte del Estado en aras de mayor competencia pueden afectar negativamente a consumidores, empresas y al bienestar general”, manifestó Bensión.

Por su parte, la presidenta de la comisión, Luciana Macedo, explicó que la oficina trabaja desde hace “mucho tiempo” en mejorar el sistema de protección y defensa de los consumidores, tanto a través de la reforma de la ley de competencia como del decreto reglamentario. “La clave es encontrar aquellas (fusiones) que pueden generar perjuicios en la competencia y los consumidores”, señaló.

Entre los aspectos más importantes de la guía, el especialista en temas de defensa de la competencia, Diego Petrecolla, explicó el esquema de cinco pasos a seguir en el caso de fusiones horizontales.

El primero es analizar si producto de la operación hay un aumento significativo en la concentración o no. Si no se produce, el análisis de la comisión debería detenerse dado que eso ya es suficiente para no seguir estudiando ese proceso. Ese es el paso conocido en algunos países como “fast track” y denominado Fase 1 en la guía uruguaya. El segundo paso ocurrirá en el caso contrario, es decir, si se determina que sí se produce un aumento significativo en la concentración y si hay otros factores que caracterizan al mercado que despiertan preocupación acerca de los potenciales efectos anticompetitivos.

En el tercer paso se deberán evaluar barreras a la entrada. Determinar si es posible que otros jugadores ingresen de forma rápida, fácil y efectiva dado que eso “disipará las dudas que genera la operación”, explicó Petrecolla. Si no fuera así la preocupación es todavía mayor y se pasaría al cuarto paso en el que se verá si la operación genera o no ganancias de eficiencia. Si las genera, eso compensaría de cierta forma los efectos anticompetitivos que la operación pueda generar.

El quinto y último paso es determinar si es la única salida que tiene la empresa para evitar su quiebra. Sobre este punto, Petrecolla explicó que la CPDC tiene que analizar si es la única alternativa para no salir del mercado, aunque genere problemas de competencia.

De acuerdo con el especialista en temas de competencia, Leandro Zipitría, la guía “es muy completa” y destacó que le servirá al sector privado para tener como referencia y para entender cómo la comisión va a analizar estas prácticas.

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