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La Asociación de Consumidores rechazó cambios en la devolución de los productos

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Compras web. Foto: Archivo El País

ARTÍCULO DEL PRESUPUESTO

Considera que cambios incluidos en el proyecto de ley del Presupuesto son “innecesarios” y es una forma de “rebajar los derechos del consumidor”.

La Asociación Uruguaya de Consumidores Unidos (AUCU), rechazó el artículo 212 (antes 208) del proyecto de ley de Presupuesto que plantea cambios en las relaciones de consumo en referencia a las excepciones para devolver productos o servicios adquiridos fuera del local comercial.

Según explicó a El País, Dora Szafir, abogada de la AUCU, los cambios son “innecesarios” y, a su entender, “estaba bien el artículo como estaba”.

Los cambios “no son graves pero realmente no hay necesidad de que se saquen esas situaciones”, explicó Szafir y añadió que “es un límite y una forma de rebajar los derechos del consumidor”, por lo que la gremial busca -en diálogo con diferentes legisladores- que se retire ese artículo del proyecto.

La normativa vigente -a través de la Ley 17.250 de relaciones de consumo- habilita a que si una persona compró determinado producto o servicio fuera del local (a través de internet o compra telefónica, por ejemplo), pueda devolverlo -o rescindir, en caso de que sea un contrato- dentro de los cinco días hábiles desde la entrega del producto, y el proveedor deberá devolverle el dinero.

Sin embargo, el nuevo artículo propone ocho excepciones a esta norma, entre las que se incluye que no se podrá devolver el producto cuando este haya sido elaborado de forma personalizada, conforme a las especificaciones del consumidor.

Lo mismo regirá para las compras de alimentos realizadas a través de aplicaciones, porque la norma entiende que son productos que “pueden deteriorarse o caducar con rapidez”; así como tampoco podrán ser devueltos los productos precintados que hayan sido abiertos después de la entrega.

“Yo me pregunto ¿cómo vas a saber qué producto te enviaron si no podés abrir el paquete?”, cuestionó Szafir.

El artículo incluido en el proyecto de ley del Presupuesto plantea que también será una excepción el caso del “suministro de servicios de alojamiento para fines distintos al de vivienda, servicios de comida y servicios relacionados con actividades de esparcimiento si los contratos prevén una fecha o un periodo de ejecución específicos”, según señala la normativa.

“Antes, si comprabas un producto por internet y finalmente no lo querías podías avisar y decir ‘no, voy a hacer uso de mi derecho y dejar sin efecto ese contrato que hice’. Ahora no. Tendría que haber una causa de fuerza mayor que justifique el impedimento, eso están limitando”, concluyó Szafir.

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