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Competencia con menor tasa de resolución desde 2009

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En 2016 la comisión sancionó a empresas distribuidoras de televisores por consensuar  precios mínimos de reventa al público. Foto: F. Ponzetto

AÑO CLAVE PARA DEFENSA DE COMPETENCIA

Aumentó su carga de trabajo y la mitad fueron denuncias de ilegalidades.

En 2016, la Comisión de Promoción y Defensa de la Competencia —un órgano desconcentrado del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF)— tuvo la menor tasa de resolución de casos desde 2009, aunque con un aumento de la carga de trabajo.

Según la Memoria Anual 2016 del órgano —publicada ayer— tenía un "stock inicial" de asuntos al comenzar el año de 14 y a eso se sumaron en el correr del año pasado otros 29.

"Hacia el final del año se habían cerrado 25 de los asuntos tratados, por lo que la Tasa de Resolución (asuntos resueltos en relación a los entrados) alcanzó el 86,2%", indicó el informe. En 2015 esa tasa había sido de 92,3%, en 2014 de 100%, en 2013 de 147,4% (se resolvieron más casos de los que entraron en ese año), en 2012 de 96,3%, en 2011 de 95,2%, en 2010 de 90,2% y en 2009 de 85,5%.

La explicación para ese resultado en 2016 es que "la suma de casos en proceso al inicio del año y de los entrados definió que durante 2016 se haya trabajado en un total de 43 asuntos, significando un aumento de la carga del trabajo respecto al año 2015 en el cual el total de asuntos había ascendido a 37", señaló la comisión. En 2014 fueron 28 asuntos y en 2013 39.

Otro aspecto que mencionó la Memoria Anual es que "un 49% de los asuntos trabajados durante el 2016 corresponden a investigaciones de conductas prohibidas" y eso puede haber bajado la tasa de resolución. Es que "en las investigaciones de prácticas prohibidas, en particular, el tiempo que generalmente insume el diligenciamiento de medios probatorios y la complejidad del análisis hacen que la investigación insuma varios meses, y tratándose de casos muy complejos la experiencia ha sido de una duración promedio superior al año", añadió.

La comisión recordó que "la Tasa de Resolución es un indicador de estadísticas judiciales con el que se intenta medir la celeridad con la que un tribunal resuelve los asuntos comparándola con la velocidad con la que los asuntos van llegando".

A su vez, "la Tasa de Resolución varía según el tipo de asuntos. En el caso de las Investigaciones por denuncia la tasa es de 78.6% ya que ingresaron 14 asuntos nuevos mientras que se resolvieron 11. Para las investigaciones de oficio la Tasa de Resolución fue 100% ya que se inició un caso de oficio en este año y se cerró uno. En cuanto a las Medidas Preparatorias, la tasa es de 66.7% ya que se iniciaron 3 medidas en 2016 en tanto se finalizaron 2. Respecto a las Concentraciones, la referida tasa es de 100% ya que se resolvieron igual número de notificaciones de concentraciones económicas que las que ingresaron. Por último, la Tasa de Resolución de Consultas es del 100% ya que se respondieron 5 en tanto también ingresaron 5 en el año", expresó el informe.

Otro indicador frecuente para este tipo de actividades es "el Coeficiente de Congestión: el stock final de asuntos en proceso dividido entre el número de asuntos resueltos en el año", según la Memoria Anual.

"Con este coeficiente se intenta medir el retraso de un tribunal en la resolución de los asuntos. En el caso de la comisión, en 2016 el Coeficiente de Congestión fue de 72% (18 asuntos pendientes al 31 de diciembre de 2016 en relación a los 25 resueltos en el año)", afirmó el órgano del MEF.

"El Coeficiente de Congestión tiene relación con el plazo de resolución de los asuntos. Si el plazo normal de resolución de los asuntos es mucho menor a un año es más fácil para un tribunal tener Coeficientes de Congestión muy bajos. Lo contrario sucedería si el plazo de resolución normal fuera de varios años", explicó.

Durante 2016 se presentaron 14 denuncias por prácticas anticompetitivas ante la comisión, que se sumaron a las seis investigaciones que ya traía el órgano.

De esas 20 denuncias, se cerraron 11. "En uno de ellos la comisión confirmó la existencia de conductas anticompetitivas, disponiendo la sanción a seis empresas", indicó el reporte.

"En otros dos casos, si bien no se detectó la existencia de prácticas anticompetitivas, se realizaron recomendaciones no vinculantes con el fin de mejorar las condiciones de competencia, buscando mejorar el bienestar de los consumidores", recordó el informe. "En uno de los expedientes la recomendación se realizó al Ministerio de Salud Pública y a las entidades privadas prestadoras de servicios médicos, relacionada con la expedición de recetas médicas. En otro expediente relacionado con la garantía de los vehículos de determinada marca y el alcance de la garantía del fabricante en caso de reparaciones de siniestros con cobertura de compañías aseguradoras, la comisión formuló recomendaciones a las compañías aseguradoras de vehículos de plaza, para que estudien la posibilidad de generar pólizas de menor costo para sus clientes, en caso de utilizar repuestos no originales, puesto que la utilización de repuestos originales encarece las reparaciones en caso de siniestro", agregó.

Por otro lado, en 2016 se inició una investigación de oficio, "la cual fue resuelta, no detectando evidencia de prácticas anticompetitivas", afirmó.

A su vez, "se presentaron seis notificaciones de concentraciones económicas, de las cuales se completaron cuatro. Asimismo, se cerraron dos notificaciones presentadas el año previo" y como en ningún caso se generó un "monopolio de hecho", la comisión no debió aprobarlas.

Única sanción el año pasado.

La única práctica anticompetitiva detectada en 2016 por la comisión, fue una "de fijación de precios mínimos de reventa en el mercado de televisores" por parte de distribuidores. Eso impedía a los comercios brindar el producto a los consumidores finales por debajo del tope acordado. Por esto sancionó a las empresas que quedó comprobado que consensuaron este esquema anticompetitivo —TGM S.A. (Intcomex), Incotel S.A., Visuar Uruguay S.A. y LG Electronics Argentina— y multó a Motociclo S.A. por "ejercer presiones" para que se mantenga dicha práctica. Samsung Electronics Argentina Sucursal Uruguay S.A. recibió un "apercibimiento". La denuncia fue presentada en 2014 por Baranur S.A. que gestiona el sitio de Internet Woow! Uruguay.

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