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Las compras por Internet al exterior crecen en noviembre tras dos caídas consecutivas

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Compras web. Foto: Shutterstock

ADUANAS

Según datos de la Dirección Nacional de Aduanas, en noviembre se registraron 31.510 envíos dentro del régimen de encomiendas, 9,1% más que en igual mes del año pasado.

Las compras al exterior por Internet aumentaron en noviembre en el comparativo interanual, tras haber caído en octubre y septiembre. Según datos de la Dirección Nacional de Aduanas (DNA), en noviembre se registraron 31.510 envíos dentro del régimen de encomiendas, 9,1% más que en igual mes del año pasado.

En tanto, respecto a octubre las compras web al exterior crecieron 13,2%.

En 11 meses del año las compras al exterior por Internet totalizaron 308.147 paquetes, un 10,4% menos que en igual lapso de 2019.

La pandemia del coronavirus con los efectos que trajo esto en el consumo y el comercio internacional y el fortalecimiento del dólar que se dio en Uruguay (sobre todo en marzo) explican la caída de las compras al exterior por Internet en el período.

De hecho, en abril se dio el menor valor histórico de esta franquicia: apenas 12.813 envíos.

El régimen de encomiendas permite que cada mayor de 18 años pueda traer del exterior hasta tres envíos al año adquiridos por Internet, sin tener que pagar los impuestos a la importación. Eso es siempre y cuando cada envío no supere los US$ 200 en la factura ni los 20 kilos de peso.

Un artículo de laley de Presupuesto establece que a partir de 2021 habrá sanciones para aquellos que incumplan el régimen de comprar al exterior por Internet.

El régimen de encomiendas postales internacionales (conocido como las compras en el exterior a través de Internet) permite que tras usar el cupo de tres envíos, la persona puede utilizar el llamado régimen simplificado, que permite el ingreso de envíos de hasta US$ 200, sujeto al pago de una prestación del 60% sobre el valor declarado o US$ 10 si el 60% del valor declarado es inferior a este.

Es decir una persona que hace un cuarto envío en el año por valor US$ 200, puede igual ingresarlo pagando el 60%, que en el ejemplo son US$ 120. ¿Qué pasa cuando el valor declarado no es real? Actualmente se determina el valor real y la persona paga el 60% de ese valor, sin tener sanción alguna.

El artículo del Presupuesto establece una sanción pecuniaria igual al doble de los tributos que dejó de pagar esa mercadería por una incorrecta e inexacta declaración del valor en la Aduana y también se plantea la posibilidad de suspender la utilización del régimen por el período de un año en el caso de que el incumplimiento sea reiterado.

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