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El control de DGI en Impuesto de Primaria: reliquidaciones y pedidos de embargo

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Vista aérea de Montevideo. Foto: Gerardo Pérez

FISCALIZACIÓN

La DGI comenzó a controlar el pago del Impuesto de Primaria y en una primera etapa se centró en aquellos deudores del tributo durante más de cinco años y por montos importantes. A los que aún no se acercaron a arreglar su situación, se los embargará.

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Desde el comienzo del año pasado la Dirección General Impositiva (DGI) asumió el cobro y fiscalización del Impuesto de Primaria, que anteriormente se encargaba la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP). En 2018 recaudó por dicho tributo $ 2.967 millones y en cuatro meses de este año $ 509 millones, un 58,5% más que en el mismo período del año previo en términos reales.

Consultado por El País el director de Rentas, Joaquín Serra, explicó que la mayor recaudación deriva de los controles efectuados en los últimos meses sobre los contribuyentes con u201cdeudas de más de cinco años y por montos importantesu201d.

Se identificaron unos 300 padrones en esa situación y en primer lugar se les envió una carta al domicilio fiscal informando al propietario del inmueble la deuda que mantenía, y que comenzaba a correr un plazo para regularizar su situación. u201cLa enorme mayoríau201d se presentó ante DGI y saldaron la deuda, ya sea abonando al contando o haciendo convenios de pago, dijo Serra.

En los casos que no hubo respuesta de los propietarios, la DGI procedió a realizar una fiscalización específica sobre el padrón. Así el fisco embolsó unos $ 20 millones por deudas del Impuesto de Primaria.

Pero también DGI aprovechó para fiscalizar los pagos del Impuesto al Patrimonio, que grava los bienes de las personas físicas y núcleos familiares que totalicen más de $ 4.166.000 (mínimo no imponible vigente) con tasas progresionales entre 0,7% y 2,75%. Se trata de u201cun impuesto ligado al de Primariau201d, dijo Serra.

Al verificar las declaraciones de patrimonio de los propietarios de los padrones morosos, se constató que u201cla mayoría también estaba omisou201d con los pagos del Impuesto al Patrimonio. De esta forma, la DGI embolsó otros $ 40 millones por reliquidaciones, totalizando $ 60 millones de recaudación por estas tareas inspectivas.

A su vez, hay un conjunto de padrones que se mantienen morosos y se identificaron 15 que poseen deudas superiores a los $ 100.000. Sobre ese grupo, Serra informó que en los próximos días se procederá a u201cenviar comunicaciones para ya iniciar el proceso judicial de cobrou201d, que contempla el embargo del bien y su posterior remate.

Además, detalló que se revisará u201cque los propietarios de esos padrones no tengan otras deudas con la DGI, y si las tuvieran vamos a hacer el reclamo por el totalu201d.

Morosos

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Ya a comienzos del año pasado, Serra había dicho a El País que al asumir la DGI el cobro del Impuesto de Primaria se había detectado u201cuna morosidad bastante importante en los padrones urbanosu201d, y estimó unos 8.000 morosos con deudas superiores a $ 50.000.

La sola noticia que el fisco asumió la gestión del tributo hizo crecer 67% los convenios de pago de deudores en el primer trimestre del año pasado.

El 60% de la morosidad en términos monetarios se concentraba en los departamentos de Montevideo, Canelones y Maldonado. Por ejemplo, en Punta del Este existen u201ccasas de muchísimo valor con deudasu201d, había indicado Serra.

Precisamente en esos departamentos se enfocaron los controles de DGI en los últimos meses, según explicó el director de Rentas porque u201csiempre vamos a ir por el (deudor) de monto mayoru201d.

Igualmente, ya se había notificado que las deudas de menor porte serán incluidas en la base de datos de incumplimiento del fisco, lo que implica por ejemplo que si alguien genera un crédito a cobrar tras la liquidación del IRPF y es propietario de un inmueble que debe, no se le devolverá el saldo para compensar la deuda.

En octubre pasado El País dio cuenta que se habían reliquidado $ 25 millones a 14 padrones morosos del Impuesto de Primaria, que tenían un valor catastral promedio de $ 30 millones y que la mayor deuda detectada ascendía a $ 2,3 millones.

Serra aseguró que hacia adelante se mantendrán estos mecanismos de control u201cde forma continuau201d.

Rurales

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La tributación y forma de pago del Impuesto de Primaria varía dependiendo de si se trata de padrones urbanos, suburbanos, rurales sin explotación o con explotación. En las tres primeras categorías, se prefactura y envía por correo el recibo, a pagar en tres cuotas -que vencen el 31 de mayo, el 31 de agosto y el 30 de octubre- en las redes de cobranza, por débito bancario o en línea ingresando a la web de DGI.

En los inmuebles rurales con explotación está prevista una exoneración para aquellos menores a 300 hectáreas Índice Coneat 100. Los padrones que explotan hasta 200 hectáreas y tramitaron ante las intendencias departamentales la exoneración de la Contribución Inmobiliaria, no deben realizar ningún trámite ante DGI; los otros deben presentar una declaración jurada y la DGI les confecciona un borrador que deben confirmar o rectificar vía web.

Los restantes, que están obligados a pagar el impuesto y sumaban unos 8.000 padrones rurales en la campaña pasada, también tienen una declaración jurada subida a la web de DGI.

Serra manifestó que sobre finales de este año se comenzará u201cun control sobre los padrones rurales obligados a pagar y los que nou201d, en busca de irregularidades. Igualmente, señaló que en la campaña pasada se recaudó por encima de lo proyectado, por lo que u201cdaría la impresión que no hay una morosidad importanteu201d en el ámbito rural.

MÁS

¿Quiénes deben pagarlo?

El Impuesto de Primaria debe ser abonado por los propietarios, promitentes compradores (con promesa de compraventa), poseedores y usufructuarios de bienes inmuebles urbanos, suburbanos y rurales de todo el país, siempre que el valor imponible en la cédula catastral sea superior al monto de exoneración ($ 177.099). A partir de dicho monto, se establecen cuatro franjas con alícuotas diferenciales: 0,15% del valor del inmueble; 0,20%; 0,25% y 0,30% la tasa mayor. Los contribuyentes asumen la obligación de pagar el tributo al año siguiente de adquirir un inmueble, es decir que si alguien compra una propiedad en cualquier mes de 2019 deberá abonar el Impuesto de Primaria desde 2020 y el vendedor asumir la deuda del año anterior.

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