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Gobierno: empresas "abusan" de no distribuir renta

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DGI. Tendrá otro marco en la definición de conjunto económico para poder determinar responsabilidad solidaria en impagos. Foto: Archivo El País.
Archivo El Pais

Solo 15% lo hicieron desde 2008, cuando se gravó distribución.

El ministro de Economía, Danilo Astori, informó en la Comisión de Hacienda que el 85% de las empresas no realizaron distribución de utilidades entre 2008 y 2014. "Es lógico presumir que en muchos casos esto se hizo para eludir la alícuota del impuesto a la renta empresarial que grava la distribución de utilidades", sostuvo.

La reforma tributaria que comenzó a regir en julio de 2007, incorporó un gravamen del 7% por Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) a los accionistas por la distribución de utilidades y las empresas funcionan como agentes de retención.

También intervino el subdirector de la Dirección General Impositiva (DGI), Álvaro Romano, quien apunto que del 15% de empresas que repartieron dividendos, menos del 10% realizaron más de una distribución. "Esto muestra a las claras la situación ante la que nos encontramos: el abuso es claro", afirmó. En el proyecto de Rendición de Cuentas que defendió Astori en el Parlamento, se estableció que los resultados contables acumulados que tengan una antigüedad mayor a tres ejercicios y no hayan sido reinvertidos, se consideran distribuidos a efectos fiscales.

Con este cambio "tendrán que pagar el impuesto de 7% adicional al 25% que pagan las empresas por impuesto a la renta personal", explicó el ministro de Economía.

Romano dijo que la nueva disposición busca gravar "exclusivamente a aquellas distribuciones que, si se hubieran efectuado en la realidad, hubieran estado gravadas con el tributo a los dividendos finales".

Agregó que de esta forma se logrará que se tribute lo "que efectivamente se debió abonar a partir del año 2007" por concepto de reparto de dividendos empresariales.

Según explicaron las autoridades, se considerará reinversión —y no se gravará— "toda compra de activo fijo o intangible, así como también la reinversión asociada a participaciones patrimoniales en otras entidades residentes".

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DGI. Tendrá otro marco en la definición de conjunto económico para poder determinar responsabilidad solidaria en impagos. Foto: Archivo El País.

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