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Es ley: no se puede poner mínimo al uso de débito

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Digital. Para la operación de retiro de efectivo, el usuario debe hacer una compra -sin mínimo- con tarjeta de débito. Fuente: Marcelo Bonjour

El Poder Ejecutivo promulgó dos leyes aprobadas a final de 2016 por el Parlamento que establecen varios cambios en la normativa de inclusión financiera.

Uno de los principales es que los comercios no podrán fijar montos mínimos para aceptar pagos con instrumentos electrónicos, como la tarjeta de débito. No existe obligación de aceptar el plástico, pero de hacerlo no se podrá condicionar el valor de la compra, como ocurre en algunos locales que ponen mínimos de $ 200, $ 300 y otros montos.

Además, se exceptúa del pago obligatorio del sueldo por vía electrónica a las trabajadoras domésticas y quienes residan en localidades con menos de 2.000 habitantes sin cajeros automáticos. También se establece el acceso a una cuenta gratuita y con iguales beneficios que un trabajador, de quienes cobren para sí o para otros pensiones alimentarias dispuestas por juez.

A su vez, se prórroga hasta julio de 2017 la obligación de efectuar las compras de vehículos o inmuebles que superen las 40.000 Unidades Indexadas ($ 140.156) con medios de pago electrónicos, cheques comunes o de pago diferido no a la orden o letras de cambio cruzadas. Misma extensión se da para los pagos de ventas, servicios o cualquier negocio jurídico que supere las 160.000 Unidades Indexadas ($ 560.624). También varía el régimen sancionatorio por irregularidades: si hay un incumplimiento formal (escribano individualiza mal el instrumento utilizado) la transacción no quedará anulada y se mantiene la nulidad ante errores sustantivos (pagar en efectivo).

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Digital. Para la operación de retiro de efectivo, el usuario debe hacer una compra -sin mínimo- con tarjeta de débito. Fuente: Marcelo Bonjour

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