Publicidad

Ley de urgente consideración: modifican tenencia de tierra para sociedades

Compartir esta noticia
Campo en Uruguay. Foto: Archivo El País

GOBIERNO ELECTO

El texto presentado el miércoles permite que las sociedades anónimas con accionistas personas jurídicas sean dueños de tierras, aunque no de grandes superficies.

Dentro del capítulo referido al sector agropecuario del anteproyecto de ley de urgente consideración que divulgó el gobierno electo, hay una disposición referida a la titularidad de inmuebles rurales, que de aprobarse provocaría que las personas jurídicas -empresas o sociedades- puedan volver a ser propietarias de tierras.

El primer artículo de una ley aprobada en 2007 determina las condiciones y requisitos para tener los derechos de propiedad sobre un inmueble rural. Allí se establece que las sociedades anónimas y sociedades en comandita por acciones (otra figura legal) pueden ser titulares de predios rurales y de explotaciones agropecuarias “siempre que la totalidad de su capital accionario estuviere representado por acciones nominativas (que están identificadas) pertenecientes a personas físicas”.

El texto propuesto modifica esa redacción por la siguiente: “siempre que la totalidad de su capital social este representado en cuotas sociales o acciones nominativas, pudiendo su titularidad corresponder a personas físicas o jurídicas”.

El especialista en Derecho Financiero, Leonardo Costa, dijo a El País que esta modificación “es una decisión política” y “permite que las sociedades anónimas con accionistas personas jurídicas sean dueños de tierras, aunque no de grandes superficies”. Apuntó que no hay referencia a cambios en la normativa de beneficiario final, entonces “se mantiene el control para saber quién está detrás de la estructura jurídica”.

Costa agregó que con las disposiciones actuales igualmente hubo “grandes fondos de inversión” propietarios de tierras, porque permitía hacerlo a quienes cotizaban en Bolsa. Entre 2000 y 2018 las sociedades anónimas compraron 3.932.000 hectáreas.

¿Encontraste un error?

Reportar

Temas relacionados

Ley de urgente consideración

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad