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Mercosur alinea la regulación para free shops: conozca los detalles del régimen

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Free Shops. Foto: archivo El País

LISTAS CON PRODUCTOS PROHIBIDOS

Los países del Mercosur acordaron una régimen común para las tiendas libres de impuestos. También consensuaron una lista de artículos que estará prohibido vender en los free shop.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) junto con el Ministerio de Relaciones Exteriores (Mrree), aprobaron la resolución del Grupo Mercado Común (GMC, órgano del Mercosur) que establece un régimen común para el funcionamiento de las tiendas libres de impuestos (free shops) en frontera terrestre.

La resolución -adoptada por Uruguay- señala que los Estados Partes del Mercosur se comprometerán con la normativa correspondiente al régimen de free shops, con el objetivo de “armonizar” y “no erosionar” la competencia leal entre los países del bloque regional.

En la normativa se dispone que los viajantes no podrán comprar grandes cantidades en los free shops, para así poder evitar su utilización con fines comerciales o industriales.

Sobre esto, se define que cada país miembro del Mercosur “podrá establecer límites cuantitativos y/o montos mínimos del valor”, así como también “crear otras reglas restrictivas de acuerdo a sus intereses” a aquellos productos que se vendan en las tiendas “a los efectos de garantizar el normal funcionamiento del régimen”.

Asimismo, la resolución elaboró una lista de productos que las tiendas libres de impuestos no podrán comercializar.

Entre los artículos prohibidos se encuentran medios de transporte, repuestos, aceites, combustibles, productos de la canasta básica de consumo de la población de frontera, armas y municiones, productos del tabaco y cigarros, animales vivos y plantas, electrodomésticos de gran porte, maquinaria (agrícola, comercial, industrial, de servicios), materiales de construcción civil (eléctricos, hidráulicos y sanitarios), neumáticos, tejidos, hilados y calzado (excepto chinelas y zapatos deportivos).

Además de esos artículos, la normativa habilita a que cada Estado Parte pueda ampliar dicha lista y restringir la comercialización de más productos en su propio territorio, de acuerdo a sus intereses.

Por otra parte, la resolución indica que las agencias recaudadoras de los países del Mercosur “implementarán un mecanismo de intercambio de información sobre los montos totales de ventas realizadas” en los free shops a los viajantes de cada país miembro.

Según indica la resolución de GMC, el desarrollo de las regiones fronterizas terrestres es una “prioridad para la consolidación del Mercosur como proyecto de integración” y manifiesta que su desarrollo “debe realizarse de forma coordinada” para no generar efectos “distorsivos” en las economías de la región.

La normativa explica además que el régimen tiene como objetivo que la habilitación de free shops (llamadas “lojas francas” en Brasil) contribuyan con el desarrollo local y el fomento del empleo en las zonas de frontera y advierte a su vez que la forma de operar “no debe erosionar el Arancel Externo Común.

Meses atrás, esta normativa había sido adoptada por Brasil, país que comenzará a instalar “lojas francas” en las ciudades de frontera. En ese momento, desde la Cámara de Empresarios de Free Shops habían señalado a El País que la resolución es “muy importante”, no solo para las tiendas , sino también para el sector supermercadista y el retail uruguayo.

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