Publicidad

El mínimo no imponible del IRPF subirá a $ 26.936

Compartir esta noticia
Ajuste de la BPC no solo varía el mínimo no imponible del IRPF e IASS. Foto: Archivo

CAMBIOS DE PRINCIPIO DE AÑO

Por ajuste de BPC por inflación; también varían todas las franjas de aportes.

Este año el mínimo no imponible del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF) subirá desde $ 25.277 a $ 26.936 de acuerdo al ajuste anual de la Base de Prestaciones y Contribuciones (BPC) por inflación que realizará próximamente el Poder Ejecutivo. Con este cambio, se ajustan también las franjas de ingresos que definen cuánto aporta cada trabajador por IRPF, los montos a deducir por hijos a cargo o cuota hipotecaria, y las franjas de contribución de jubilados.

El decreto que fija el incremento de la BPC aún no fue firmado por los ministerios de Economía y de Trabajo, pero fuentes del gobierno confirmaron a El País que al igual que viene ocurriendo en los últimos años, dicho ajuste estará alineado con el Índice de Precios al Consumo (IPC) —que ayer se conoció que aumentó 6,55% en el acumulado de 2017.

Según la norma vigente, el ajuste de la BPC puede realizarse tanto por la evolución del IPC como por el Índice Medio de Salarios (IMS). En cualquiera de los casos, el Poder Ejecutivo tiene discrecionalidad para variar más/menos un 20%, aunque desde 2012 las autoridades vienen decidiendo no usar esa facultad y ajustar por inflación.

El mencionado decreto elevará de forma retroactiva al 1° de enero de este año el valor de la BPC desde $ 3.611 (valor vigente en 2017) a $ 3.848. Como consecuencia de esto, el mínimo no imponible del IRPF, que equivale a siete BPC mensuales, aumentará hasta $ 26.936.

Esto indica que los ingresos laborales nominales menores a ese valor en el mes estarán exonerados de pagar IRPF. Aunque vale aclarar que se trata de un estimativo mensual que suelen considerar los asalariados, pero el IRPF es un impuesto de carácter anual (los contribuyentes realizan adelantos cada mes) y para su liquidación se deben considerar las rentas del trabajo generadas en todo el año.

Asimismo, el IRPF es un impuesto progresional que grava con distintas tasas incrementales a diferentes tramos de ingresos laborales, que se determinan en base a las BPC y por tanto también sufren modificaciones desde el 1° de enero (ver tabla).

Para comprender el funcionamiento del IRPF, sirve un ejemplo: la primera franja de aportes que va de $ 26.936 a $ 38.480, estaba gravada al 10% solamente en el tramo de ingresos mencionado, y no en la parte inferior al monto mínimo. En el otro extremo, a las personas con salarios desde $ 442.521 se le aplican todas las tasas en los tramos correspondientes y por el segmento de ingresos superior a ese monto pagan 36% (no por todos sus ingresos).

Núcleo y deducciones.

El mínimo no imponible también se ajusta para aquellos contribuyentes que optaron por tributar IRPF como núcleo familiar. En este caso, si los dos integrantes de la pareja perciben más de un salario mínimo nacional por mes ($ 12.265), tendrán como umbral el equivalente a 14 BPC mensuales, que serán $ 53.872 —hasta el año pasado eran $ 50.554. Mientras que si solo uno de los integrantes percibe más de un salario mínimo nacional, el umbral de aportes es ocho BPC mensuales que serán $ 30.784 —hasta el año pasado eran $ 28.888.

Una de las deducciones que pueden realizar los contribuyentes del IRPF es por tener hijos a cargo menores de 18 años, que aumentarán su valor por el ajuste de la BPC de $ 3.912 a $ 4.169. Si la persona tiene a su cargo hijos con discapacidad (sin importar la edad) el beneficio subirá de $ 7.824 a $ 8.337.

Con los cambios implementados desde 2017 producto del ajuste fiscal que determinó el gobierno, estas y las demás deducciones (aportes personales a la seguridad social, Fondo de Reconversión Laboral, etc.) se suman y pasan a considerarse a una tasa fija del 10% si los ingresos nominales del contribuyente son iguales o menores a 15 BPC mensuales ($ 57.720 con el ajuste); mientras que aquellos con ingresos nominales superiores a 15 BPC podrán deducir a una tasa fija del 8%.

También subirá el tope a la deducción que puede hacerse por el pago de cuotas hipotecarias, que aplica siempre que el valor de la vivienda no supere las 794.000 Unidades Indexadas (UI) —$ 2.961.223 a valores de hoy, unos US$ 103.500. Según la normativa, el monto total deducible no puede superar las 36 BPC anuales, que pasarán a ser $ 138.528 o $ 11.544 por mes.

A su vez, la suba de la BPC incide en otros aportes, como el que realizan los egresados de la Universidad de la República y de nivel terciario de UTU al Fondo de Solidaridad luego de cinco años de recibido.

Finanzas, impuestos, IRPF, ajuste del valor de la BPC, mínimo no imponible, franjas de aportes, deducciones, núcleo familiar, IASS

El mínimo del IASS aumenta a $ 30.784

Por el ajuste de la BPC, también varía el mínimo no imponible del Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS) que pagan los jubilados. Con retroactividad al 1° de enero, dicho monto aumentará de $ 28.888 a $ 30.784 (ocho BPC mensuales), por lo que todas las pasividades por debajo de ese umbral estarán exoneradas.

Al igual que ocurre con el IRPF, el nuevo valor de la BPC decreta cambios en las franjas de ingresos que determinan cuánto debe pagarse por IASS. Así, el tramo de las pasividades que va desde $ 30.785 a $ 57.720 (15 BPC mensuales) estarán gravadas a una tasa del 10%; mientras que el segmento entre $ 57.721 a $ 192.400 (50 BPC mensuales) tributará al 24%; y finalmente quienes cobran pasividades desde $ 192.401 pagarán una tasa del 30% —se aplica la misma progresividad para la tributación que en el IRPF.

Asimismo, también sufre un ajuste la jubilación mínima, que cobran unos 120.000 pasivos. Dicha prestación fue aumentada en agosto por el gobierno a 2,8 BPC (estaba en 2,6875 BPC) y entonces pasó a ubicarse en $ 10.291, pero con el nuevo valor de la BPC ahora subirá a $ 10.967. Las jubilaciones sufrirán otro incremento en 2018 producto del ajuste anual por el Índice Medio de Salarios Nominales (IMSN).

¿Encontraste un error?

Reportar

Temas relacionados

INFLACIÓNIRPFIPC

Te puede interesar

Publicidad

Publicidad