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Los 10 mitos sobre la inclusión financiera y los plebiscitos

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El comercio no está obligado a aceptar tarjetas de débito. Foto: Fernando Ponzetto

LA VERDAD DE LA REFORMA PROPUESTA

¿A qué obliga la ley? ¿Qué cambios se darían de aprobarse las consultas?

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La ley de Inclusión Financiera cumple cinco años de aprobada y hay dos comisiones que impulsan la recolección de firmas para mediante un plebescito, establecer en la Constitución que quede derogada parte de la norma. Ambas manejan argumentos sobre la libertad de las personas y los comercios. Ahora, ¿qué mitos se escuchan y leen sobre la ley de Inclusión Financiera? ¿Los plebiscitos son contra la ley de Inclusión Financiera o van más allá? ¿Quiénes están obligados a “bancarizarse” y quiénes no?

El plebiscito de Salle: ¿deroga la ley o más que eso?
Gustavo Salle. Foto: Archivo El País

Uno de los plebiscitos que se promueven es el del precandidato a presidente por el partido Verde-Animalista, Gustavo Salle. El mismo propone incluir en la Constitución que “está prohibida cualquier forma de bancarización obligatoria. Toda persona física o jurídica tiene derecho a operar con dinero en efectivo en todo tipo de transacción económica o financiera cualquiera sea su monto”. Eso último implica abrir una puerta en materia de lavado de activos y puede traerle problemas en evaluaciones de ese tipo a Uruguay.

El plebiscito de Crece ¿es contra bancarizar?
Constitución de la República Oriental del Uruguay. Foto: Archivo El País

El otro plebiscito lo promueve la Cámara Regional de Empresarios y Comerciantes del Este (Crece) y modifica cuatro artículos de la Constitución. Uno es el artículo 53 (que habla de “ganar su sustento mediante el desarrollo de una actividad económica”) al que se agrega: “El goce de los derechos consagrados por la Constitución (...) no podrá verse afectado o quedar supeditado al pago previo de tributos”. Si se aprueba, ningún comercio tendrá que estar al día en el pago de impuestos para participar de llamados estatales.

Plebiscito: ¿Contra bancarizar? (Parte II)
Los aparatos que permiten pagar con tarjeta no están presentes en muchas oficinas públicas. Foto: Darwin Borrelli

El plebiscito de Crece modifica el artículo 24 de la Constitución (que dice que “El Estado” y todo organismo “serán civilmente responsables del daño causado a terceros...”). Si se aprueba el plebiscito se agregará: “Queda comprendido en el inciso anterior, el establecimiento por mandato legal de mecanismos impuestos por el Estado tendientes a asegurar su funcionamiento o contralor”. Esto podría afectar el control al lavado de activos que hacen por ejemplo bancos, inmobiliarias, escribanos, etc..

Contra Inclusión, ¿pero con un agregado?
Encuestadoras advierten problemas en mediciones debido al "voto oculto". Foto: archivo El País.

El plebiscito propuesto por Crece agrega en el artículo 36 de la Constitución (que dice: “Toda persona puede dedicarse al trabajo...”): “Nadie podrá ser obligado a firmar un contrato en contra de su voluntad, ni podrá ser sancionado, directa o indirectamente, por no hacerlo”. Esto, hace caer el seguro obligatorio de automóviles y el seguro de accidentes de trabajo, entre otros. Porque el plebiscito establece que se deroguen “todas las normas legales” que se opongan a los cambios. Y esas normas obligan a contratar seguros.

¿La ley obliga a los comercios?
Foto: Fernando Ponzetto

Uno de los argumentos de quienes promueven los plebiscitos es que la ley obliga a los comercios y sobre todo castiga a los más chicos. La ley no obliga a que los comercios acepten tarjeta de débito o crédito, pueden seguir aceptando solo efectivo si quieren. Si obliga a las empresas acreditar en cuenta de “instituciones de intermediación financiera o instrumentos de dinero electrónico” los pagos de salarios. Para los pequeños les da la opción de abrir una cuenta gratuita (con ese fin) en bancos o emisores de dinero electrónico.

¿La ley obliga a los trabajadores?
Pesos uruguayos. Foto: Archivo El País

Otro de los mitos, es que la ley obliga a los trabajadores a cobrar mediante un banco. Previo a la ley, era el empleador el que definía cómo cobraba el trabajador (en efectivo, banco o red de pagos). Con la ley, es el trabajador quien define cómo cobrar (salvo en efectivo), eligiendo el banco. No tiene por qué elegir un banco, puede optar por un emisor de dinero electrónico (ANDA por ejemplo, o MiDinero de RedPagos). Y además, ahora tiene la opción de retirar todo su salario de una sola vez (si prefiere utilizar efectivo).

El costo del arancel por aceptar tarjeta
Tarjeta de crédito

Una de las críticas de Crece es los aranceles que les cobran las tarjetas por su uso. Los mismos vienen en baja (1,3% hoy) y está previsto que lleguen a 0,85% en el débito ($ 0,85 por cada $ 100 de la compra). En el caso de las tarjetas de crédito, los aranceles son más altos (bajarán hasta 2,25%), pero el comercio puede optar si quiere trabajar con ambos plásticos, con uno solo o con ninguno (salvo que sea estación de servicio). Un aspecto que no se tiene en cuenta es el costo de seguridad del efectivo (tenerlo, trasladarlo, etc.).

¿La ley ayuda a disminuir los robos?
Se inició una investigación interna. Foto: Archivo El País

Un argumento del gobierno es que al sacar el dinero de la calle, bajarían los robos. En estaciones de servicio se impuso que no se puede pagar en efectivo después de las 22 horas y durante el día solo hasta $ 800 con efectivo. Pero, el subsecretario del Interior, Jorge Vázquez dijo al diario El Observador en junio pasado que ahora el delincuente “necesita de robar más veces para sobrevivir”. El presidente de la Unión de Vendedores de Nafta, Daniel Añon, dijo que a una estación la robaron 14 veces en un año (4 en un mes y medio).

El comercio tarda en recibir el dinero
Foto: archivo El País

Otro de los cuestionamientos de los comercios era el tiempo en que demoraba en acreditarse en su cuenta cuando el consumidor pagaba con tarjeta de débito. Al inicio de la ley era 48 horas hábiles, luego pasó a 24 horas hábiles y en el último acuerdo que firmaron el gobierno, los sellos (OCA, Visa, Maestro) y gremiales de comerciantes, se llevó el plazo máximo de pago a “un día, sea hábil o no”. De todas maneras, al comercio aun no se le acredita en tiempo real, cuando al consumidor sí se le descuenta en el acto.

Los jubilados prefieren el efectivo
Moody’s pone en rojo en el gasto en pensiones como porcentaje del PIB, aunque no prevé que esta relación aumente hacia 2030. Foto: Archivo

La ley de Inclusión Financiera estableció la opción para los jubilados de seguir cobrando sus pasividades cómo lo hacían o tener cuenta bancaria o de dinero electrónico gratuita. Para los nuevos jubilados, sí se establecía la obligatoriedad de que cobraran mediante cuenta bancaria o dinero electrónico. Sin embargo, esto último se cambió tras negociaciones con legisladores de la oposición. Ayer, el jerarca de Economía, Pablo Ferreri, dijo que desde que esa disposición no es obligatoria, el 93% prefirió medios electrónicos.

Artículos del plebiscito de crece que van contra ley

Dentro de la modificación al artículo 36 de la Constitución (además de la caída de la obligatoriedad de los contratos), el plebiscito de Crece establece: “El uso de mecanismos de dinero electrónico o de cualquier otro instrumento financiero, será opcional para los contratantes”. Esa opción, eliminaría la obligatoriedad de pagar salarios por esa vía y quedaría nuevamente a criterio del empleador cómo hacerlo. La otra disposición agrega al artículo 85 de la Constitución (que refiere a justificar el peso, ley y valor de las monedas) que “el empleo de dinero electrónico o mecanismos de inclusión u otros (...) no obstará el derecho de cancelar sus adeudos o percibir sus haberes, mediante el pago en moneda efectiva corriente”. Esto también eliminaría la obligatoriedad de pagar salarios y por otro lado, la de ciertas compras (autos, inmuebles) por esa vía.

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