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¿Cómo es el nuevo cálculo para aquellos que se van a jubilar por AFAP y cómo impacta en su pasividad?

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Persona contando monedas sobre una mesa. Foto: Shutterstock

MODIFICACIÓN

La fórmula se modifica cada seis meses (para los nuevos jubilados), según la tasa de interés técnico, que se suma al ahorro individual al momento del cálculo de la renta vitalicia.

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El 1° de julio comenzaron a regir las resoluciones tomadas por el Banco Central del Uruguay (BCU), que modifican las condiciones del cálculo de las nuevas jubilaciones por el ahorro en las AFAP, denominadas renta vitalicia. Según el Equipo en Representación de los Trabajadores (ERT) en el Banco de Previsión Social (BPS), implicaría que las rentas vitalicias continúen la caída que comenzó en 2018.

En enero de 2018 cambió el mecanismo de cálculo para las jubilaciones por AFAP, donde la fórmula se modifica cada seis meses (para los nuevos jubilados), según la tasa de interés técnico, que se suma al ahorro individual al momento del cálculo de la renta vitalicia.

Según el informe del ERT-BPS, desde el primer semestre del 2018, los cambios semestrales provocaron una disminución acumulada de las rentas vitalicias, cercana al 14%.

En tanto, estaba prevista la modificación llevada acabo por el BCU, de utilizar como referencia para la tasa de interés técnico una curva de rendimiento en Unidades Previsionales (UP), cuyo valor está atado al Índice Medio de Salarios nominal.

Según el ERT-BPS, esta modificación significaría un aumento de las rentas vitalicias de aproximadamente 10%.

A su vez, según señaló el BCU a través de su Área de Comunicación Institucional a El País, “el cambio de tasa de interés de referencia para la determinación de las rentas previsionales, a la curva de tasas en UP, estaba previsto desde el año 2017 para cuando hubiese curva de rendimiento en dicha moneda, para un período de 24 meses, lo que aconteció ahora”.

En esta línea, agregó que “se estudió la validez de dicha curva calculada por la Bolsa Electrónica de Valores y se consideró ajustada para realizar el cambio. La referencia anterior de curva de tasa de interés en Unidades Indexadas (UI) menos 1,7% era adecuada para aproximar a una tasa de rendimientos en Unidades Reajustables (UR), pero la nueva tasa es más ajustada, tal como se había previsto por ser la UP determinada en función de la evolución del Índice Medio de Salario Nominal” (IMSN).

Es que las jubilaciones se ajustan año a año en base a la evolución del IMSN.

Este cambio, según el informe del ERT-BPS, no solo evitaría la caída de 2,5% de las rentas vitalicias por AFAP, sino que significaría un aumento del 7% para las mismas.

Por otro lado, ante el cambio de la curva de rendimiento en UP, el BCU resolvió la modificación del margen que las aseguradoras tienen para reflejar costos de gestión y otros rubros, indica el documento. Dicho margen se duplicó, pasando de 0,75% a ser de 1,5%, a partir del 1° de julio.

“Esta medida, prácticamente neutraliza o anula el efecto de la anterior. Mientras el cambio de la curva de rendimiento representaba un aumento de la tasa de interés de 0,78 puntos porcentuales, este aumento del margen de 0,75 puntos porcentuales deja la curva en un nivel muy similar a la que se correspondería en caso de aplicar la de UI menos 1,7 puntos porcentuales”, indicó el ERT-BPS.

A su vez, según el ERT-BPS, la combinación de ambas modificaciones provocará una caída de 2,4% de las rentas vitalicias, en el segundo semestre.

El informe, destaca que “si bien en esta oportunidad ambos cambios generan un efecto casi ‘neutro’, el aumento del margen para las aseguradoras pasa a ser un cambio paramétrico de larga duración, mientras que las curvas de rendimiento en UP continuarán variando semestre a semestre”.

El BCU busca tener mejores datos sobre el sector financiero no bancarios (aseguradoras, AFAP, administradoras de crédito). Foto: Archivo El País
Banco Central del Uruguay. Foto: Archivo El País

En tanto, el BCU expresó que determinó las tablas de mortalidad, la tasa de interés de referencia y un valor máximo a descontar de la tasa de interés, “como margen de la aseguradora para cubrir sus costos de brindar el servicio”.

En esta línea, agregó que “se espera el beneficio de pasar a utilizar una tasa de referencia técnicamente más ajustada que la anterior, permitiéndole tanto a la aseguradora tener derechos (las inversiones) y obligaciones (las reservas para pagar las rentas previsionales) en una misma tasa de interés de referencia y, para los beneficiarios, la determinación de la renta también con un tasa de referencia ajustada al requerimiento legal”.

Del mismo modo, el BCU explicó, que los aumentos o disminuciones que se producen semestralmente, son por los cambios de tasas del mercado y, aquellos que se producen anualmente, por el ajuste de las tablas de mortalidad.

Ante estas resoluciones, el ERT-BPS las señaló como inoportunas y que “demuestran la enorme incertidumbre que genera el sistema de ahorro individual”.

Si bien estas modificaciones no afectan a los ya jubilados, destacan que sí impactan en los trabajadores que “están cercanos a jubilarse por el sistema mixto (régimen integrado por el BPS y las AFAP)”.

A su vez, el documento del ERT-BPS afirma que el Banco Central del Uruguay se “apuró”, ya que la Comisión de Expertos en Seguridad Social (CESS) está trabajando en la reforma del sistema jubilatorio.

En particular, destaca que se “ha analizado el régimen de capitalización individual, tanto en su etapa de acumulación (cuando recibe el ahorro del trabajador), como de desacumulación (cuando transfiere los fondos al BSE para que este pague las rentas vitalicias)”, por lo que el BCU debería haber “esperado que la CESS presente las recomendaciones para tomar las resoluciones”.

Por otro lado, desde el Área de Comunicación Institucional del BCU concluyeron que “las modificaciones son independientes de la actuación de la CESS, pero están en línea con su actuación”.

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