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La polémica por el proyecto que cambia una forma de pagar el salario

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Emisores: cuestionan varios aspectos del proyecto de ley. Foto: M. Bonjour
MARCELO BONJOUR

Diferencias

La Cámara de Diputados aprobó un proyecto de ley que introduce modificaciones a la ley de Inclusión Financiera. Una de ellas, genera polémica y tiene que ver con la forma en que se pagan las partidas alimenticias (y de otro tipo) que son parte del salario.

La Cámara de Diputados votó por mayoría el proyecto de ley que establece modificaciones a la ley de Inclusión Financiera y algunos de sus artículos generaron polémica. El texto pasó al Senado y la idea es que se apruebe antes que termine el año.

Uno de los cambios, refiere a que las instituciones bancarias o emisoras de dinero electrónico deberán poner a disposición del trabajador un mecanismo para que este -si así lo desea- retire la totalidad de lo depositado en su cuenta en un solo acto y sin costo.

Por otro lado, los nuevos jubilados -que antes estaban obligados a elegir un banco o emisor de dinero electrónico para cobrar su pasividad- podrán optar por la modalidad en que cobrarán su pasividad y podrán hacerlo por medios no electrónicos.

“El proyecto introduce esta modificación por entenderse que no existe riesgo de informalidad en este tipo de prestaciones ni asimetría entre el prestador y el beneficiario”, señaló el informe en mayoría del diputado frenteamplista Alfredo Asti.

El punto más polémico del proyecto refiere a los cambios en el régimen de prestaciones de alimentación (también de transporte u otro tipo) que paga el empleador, conocidas como “tickets alimentación” y que actualmente se cobran mediante una tarjeta. El proyecto dice que los trabajadores “tendrán derecho a elegir libremente la institución en la cual cobrar las mismas. En caso de que el trabajador no lo indique, el empleador queda facultado a elegir por él, de acuerdo a lo que prevea la reglamentación”.

Asti señaló que es “igual” a la “libertad” que el trabajador tiene para elegir la institución para “el cobro de salarios”.

También se le habilita al trabajador la posibilidad de cambiar de institución luego de transcurrido un año de su última elección y se establece la prohibición del cobro de cargo alguno al empleador y al trabajador por parte las instituciones que prestan este servicio.

Además, se establecen valores máximos de exención de estas prestaciones como materia gravada (están exoneradas del pago de aportes personales a la seguridad social), estableciéndose en 150 Unidades Indexadas (UI) -$ 603- por día trabajado, que bajará a un máximo de 100 UI ($ 402) a partir del 1° de enero de 2020.

“Esta última disposición constituye una salvaguarda contra eventuales intentos de minimizar la cantidad del monto computable a efectos de los haberes jubilatorios y a los efectos del pago de las prestaciones legalmente establecidas en el marco de la relación laboral, como aguinaldo, indemnización por despido, y otras cuyo cálculo depende de las retribuciones consideradas materia gravada”, señaló Asti.

Del otro lado, un informe en minoría del Partido Nacional del diputado Gustavo Penadés cuestionó que estas medidas con los tickets alimentación “contradicen el espíritu de la libre competencia, y muestran la tendencia que desde el Ministerio de Economía y Finanzas sistemáticamente se ha sostenido en defensa de las entidades bancarias y de sus intereses. La bancarización ha sido un programa que ha dado muy buenos dividendos al sistema bancario y pocos a la población en general, en especial a la de menores recursos”.

El otro informe en minoría, del diputado colorado Conrado Rodríguez criticó que “al darle a los trabajadores la potestad de elegir mediante qué empresa quiere cobrar esta prestación, lo que va a suceder en la práctica es que los empleadores van a terminar poniendo la partida en el salario, porque no les servirá tener que negociar individualmente con cada una de las empresas que se elijan” y por tanto “el trabajador va a recibir menos dinero en su mano porque esas partidas pasarían a tributar montepío a la seguridad social”.

Las dos empresas que operan en este mercado, Sodexo y Edenred, (en el último año se sumó el banco Itaú) cuestionaron el proyecto porque les “complica el negocio” ya que no podrán cobrar comisión a las empresas por el servicio -si bien mantendrán el arancel que le cobran al comercio- y que en ningún lugar del mundo se asocia este tipo de prestaciones a “dinero” como hace el proyecto.

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