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La seguridad del edificio: la analogía de Chediak para defender cambios a ley antilavado

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El secretario de la Senaclaft, Jorge Chediak, argumentó y defendió los cambios realizados a la normativa. Foto: Francisco Flores

COMBATE AL LAVADO DE ACTIVOS

Jorge Chediak realizó una comparación entre el sistema de seguridad del edificio donde vive y los cambios que la LUC realizó a la normativa antilavado.

El secretario antilavado, Jorge Chediak, defendió los cambios -establecidos en la ley de urgente consideración- sobre los controles en materia de prevención del lavado de activos y para hacerlo, realizó una comparación entre las medidas de seguridad adoptadas en el edificio donde vive y las modificaciones a la ley integral antilavado del año 2017.

Según el abogado -que lidera la Secretaría Nacional para la Lucha contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terorrismo (Senaclaft)-, en los últimos 30 años, la administración del edificio donde vive ha reforzado el sistema de seguridad mediante la colocación de rejas, cámaras, sistema de portero automático en lugar de eléctrico, entre otros, con el objetivo de prevenir actos delictivos.

Sin embargo, Chediak relató que ese mayor control en el sistema trajo como consecuencia múltiples quejas por parte de los vecinos que enfrentaron molestias diarias al no contar con un portero eléctrico y tener que bajar a abrir a la persona que llegara. Por lo que la administración del edificio tomó la decisión de volver a la portería eléctrica.

“¿Se tomó la decisión corriendo un riesgo un poco mayor que cuando se trancaba todo? Sí. ¿Qué pesó en el ánimo de los copropietarios? Las molestias, las complicaciones de tener ese sistema”, señaló el secretario antilavado y explicó que por eso “desescalamos un paso y volvimos a (tener) por lo menos un sistema (de portería) automático”.

Para Chediak, la analogía con los cambios a los controles derivados de la ley antilavado y los reclamos de los sujetos obligados -a controlar el origen de los fondos ante una transacción- “es bastante clara”. A su entender, “existieron”, de la misma manera que en los propietarios de su edificio, “críticas o quejas en el sentido de haber ido demasiado lejos en algunas áreas en el cumplimiento de las recomendaciones internacionales”.

Es por esto que, según el secretario antilavado, dieron un paso hacia atrás en la normativa porque existían algunas áreas donde había “un pequeño sobrecumplimiento” de las recomendaciones internacionales.

Por lo que entendieron que se podían “racionalizar esos controles sin perjudicar demasiado el nivel de eficacia, pero bajando el nivel de insatisfacción por parte de los sujetos colaboradores u obligados”.

Dólares estadounidenses. Foto: Archivo El País
Dólares estadounidenses. Foto: Archivo El País

Esto último en referencia básicamente a las críticas realizadas por parte de escribanos y contadores que se opusieron a la normativa del año 2017 por entender que los controles antilavado, el análisis de riesgo y la debida diligencia implicaban costos y complicaciones para su actividad.

Con esa analogía Chediak defendió las modificaciones que la ley de urgente consideración hizo en materia de control antilavado, en la que se estableció que los sujetos obligados del sector no financiero (en su mayoría escribanos, contadores inmobiliarias, casinos y rematadores, entre otros) podrán aplicar “medidas simplificadas de debida diligencia” cuando la operación se realice por “medios de pago electrónicos” como transferencias bancarias, dado que se entiende que hay un menor riesgo de lavado de activos en los casos en que el dinero para la transacción venga desde el sistema financiero.

De acuerdo con la exposición de Chediak -realizada en el marco del evento Compliance Day organizado por Brum & Costa Abogados- “a lo que se apuntó por parte del gobierno” fue a “apostar también a la libertad individual, tratar de ir un paso atrás hacia la dirección de la racionalización y establecer una simple presunción de bajo riesgo en las operaciones cuando los medios de pago se realizan a través del sistema financiero, controlado a su vez por el Banco Central”.

A su entender, “esa presunción simple no deroga -de la misma manera que el cambio en la portería de su edificio no modifica los otros elementos de seguridad- ni modifica para nada la estructura general de la ley integral de lavado de activos, ni el sistema de controles, ni el análisis de riesgo de la operación”, defendió Chediak.

Por su parte, el abogado especializado en prevención del lavado de activos y socio de Brum Costa Abogados, Leonardo Costa -que además participó en el debate parlamentario y planteó algunas de las modificaciones que tuvo la normativa-, dijo que con la ley actual el proceso “implica sin dudas una simplificación para aquellas operaciones bancarizadas”, pero advirtió que “no implica que previamente el sujeto no deba realizar un análisis de riesgo y deba documentarlo”. Esa idea de que “por el hecho de estar bancarizado no hago nada”, no es lo correcto”, concluyó.

Los sujetos obligados no son “adversarios”

El secretario antilavado, Jorge Chediak, remarcó que desde la Senaclaft “no vemos a los sujetos colaboradores obligados como adversarios, mucho menos como enemigos. No los presumimos culpables, simplemente entre todos debemos posicionar al país, de la mejor manera, en las evaluaciones internacionales y en la realidad, para luchar contra estos flagelos los cuales queremos acotar entre todos”.

En tanto, el abogado Leonardo Costa planteó que las modificaciones en la normativa antilavado “no son ni buenas ni malas” sino que “generalmente tienden a la intención de mejorar los controles y a su vez, facilitarle la vida al sector privado”. Aunque señaló que el desafío está en que “al final del día la responsabilidad cae en el país y en los supervisores que en caso de encontrar operaciones de riesgo, realicen la actividad que deban realizar”.

En ese sentido, Costa afirmó que “Uruguay tiene un compromiso firme contra el lavado de activos”, un aspecto que a su entender también contribuye a generar “marca país” y señaló que ese es un activo que tiene el país “que lo tenemos que mantener, cuidar y sobre todo fortalecer en base al compromiso compartido entre el sector público y privado”.

Por otra parte, el abogado hizo referencia a la otra gran modificación planteada en la ley de urgente consideración, en cuanto a que se autorizó el pago y entrega de dinero en efectivo en toda operación jurídica por hasta alrededor de US$ 100.000 (antes el tope era US$ 4.000).

Sobre este punto, Costa planteó la posibilidad de incorporar nuevos sujetos obligados, como por ejemplo “el sector de autos de alta gama”, en función del riesgo que implique la operación.

A su entender, “quedó un margen” de operaciones “encima de los US$ 30.000 o US$ 40.000, que debieran ser por lo menos consideradas de riesgo desde el punto de vista del lavado de activos”.

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