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Sepa cómo es y a quién abarca el plan de refinanciación de deudas de DGI con beneficios

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Para regularizar deudas con el organismo hay que hacer la gestión via web, ya que la oficina de DGI no atiende público. Foto: Darwin Borrelli
Fachada del edificio sede de la Direccion General de Impositiva, DGI, sobre la Av. Fernandez Crespo, en el barrio Cordon de la ciudad de Montevideo, ND 20210428, foto Darwin Borrelli - Archivo El Pais
Darwin Borrelli/Archivo El Pais

NUEVO PLAN

El organismo puso en marcha un régimen especial para que personas o empresas puedan regularizar deudas sin multas ni recargos.

Desde ayer se puede acceder a un régimen especial de facilidades pago de la Dirección General Impositiva (DGI) para aquellas personas o empresas que adeuden tributos y sus correspondientes infracciones tributarias (excepto defraudación) y cuyo vencimiento de pago sea anterior al 28 de febrero de 2021. Es decir, podrán refinanciar sus deudas en cuotas sin multas ni recargos. Es “una oportunidad única”, dijo en entrevista con El País, la directora general de Rentas, Margarita Faral.

¿En qué consiste este régimen? Forma parte de la ley 19.942 de apoyo micro y pequeñas empresas promulgada en marzo pasado. Pero, el régimen no es solamente para ese tipo de empresas, cualquier empresa se puede amparar en él y cualquier persona también.

“Estarán comprendidas en el presente régimen de facilidades los importes que los sujetos pasivos adeuden en concepto de tributos administrados por la Dirección General Impositiva y sus correspondientes infracciones tributarias, con excepción de la tipificada en su artículo 96”, que es la del delito de defraudación (cuando se utilizan maniobras o estratagemas para no pagar o pagar menos impuestos), señaló la reglamentación de la ley.

“Los sujetos pasivos que mantengan adeudos por concepto de multas por defraudación, tanto por su calidad de responsables como de contribuyentes, solamente podrán ampararse al régimen que se reglamenta en tanto previamente, cancelen dicha obligación o suscriban un convenio por facilidades de pago por las mismas, en los términos dispuestos por el Código Tributario”, agregó el decreto.

A su vez, “las deudas por infracciones tributarias podrán ser objeto del régimen de facilidades de pago regulado por este Decreto, aun cuando las obligaciones por los impuestos que las originaron se encuentren extinguidas”, indicó la reglamentación.

Margarita Faral
La directora general de Rentas, Margarita Faral, ingresó a la DGI en 1982

Esto “tiene un espectro grande y son todas las deudas vigentes hasta el 28 de febrero” de este año, señaló Faral. La ley “implica que los contribuyentes que tengan deudas puedan presentarse ante la DGI, exonerarlos de multas y recargos y regularizar su situación fiscal. A partir del lunes (por ayer), todos los contribuyentes que tengan deuda con DGI pueden regularizar su situación”, añadió.

“Esto comprende también a personas que tengan deudas anteriores o convenios ya suscritos y ese convenio contiene multas y recargos. La parte impaga (de ese convenio), van a poder refinanciarla”, explico.

“Es una oportunidad única. En DGI situaciones como esta pasan una vez cada 20 años, es decir, si viene el tren hay que subirse. En el BPS sí salen períodos con más flexibilidad. Nosotros no tenemos estas oportunidades”, argumentó la directora general de Rentas. De hecho, la vez anterior que hubo un régimen así fue en 2002 por la crisis económica.

El plazo para presentarse y solicitar la flexibilidad es desde ayer y hasta el 28 de febrero de 2022, y podrá realizarse vía web, a través de Solicitud de inicio de trámites en Servicios en línea/Otros servicios, adjuntando la documentación correspondiente.

¿Cómo son los convenios? Se eliminan las multas y recargos, la deuda se convierte a Unidades Indexadas (UI) a la inflación y se puede financiar hasta en 36 cuotas. “Una vez que recibimos las solicitudes, las procesamos y empezamos a intercambiar con el contribuyente vía mail para que puedan regularizar la situación. Hay una entrega inicial y luego se paga en cuotas”, señaló Faral.

El decreto estableció que “el monto de cada una de las cuotas que se fijen al amparo del presente régimen en ningún caso podrá ser menor a 1.000 UI ($ 4.923 a hoy). Sin perjuicio de lo dispuesto en el inciso anterior, cuando por razones administrativas los sujetos pasivos de Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF), Impuesto de Asistencia a la Seguridad Social (IASS), Impuesto de Enseñanza Primaria o IVA mínimo, deban suscribir más de un convenio al amparo del presente régimen, exclusivamente por los impuestos que se señalan, el monto de las cuotas fijadas en cada uno podrá ser inferior a 1.000 UI, en tanto el importe total mensual de las mismas lo supere”.

Esta posibilidad de refinanciar adeudos sin pagar multas y recargos, abarca todo tipo de impuestos administrados por la DGI (IVA, Imesi, Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas, IRPF, IASS, Impuesto de Enseñanza Primaria, Impuesto al Patrimonio, Impuesto a las Transmisiones Patrimoniales, etc.) y a cualquier persona o empresa.

“Puede ocurrir que haya personas que estén debiéndole a la DGI y no lo sepan. El caso más claro son los contribuyentes de IASS. Por ejemplo, una persona que trabajó en un solo lugar, nunca hizo una declaración jurada de IRPF, se jubila y recibe toda su jubilación del BPS, sin embargo tiene que presentar declaración jurada ante la DGI porque cobra la renta vitalicia por lo acumulado en la AFAP. A pesar que recibe una sola jubilación, con un solo recibo de pago, le hacen la retención solamente por la parte del BPS, el componente de la jubilación de la AFAP no tiene retención. Esos jubilados tienen que presentar declaración jurada todos los años. Puede haber personas que sin quererlo tengan una deuda con DGI, y es una oportunidad para presentarse y solicitar facilidad sin multas y recargos”, afirmó Faral.

“También puede haber empresas que hayan tenido que elegir entre pagar el sueldo de su empleado y pagar impuestos de la DGI, incluso puede ser que no hayan retenido el IRPF. Entonces, este es el momento para evitar la multa. Porque en esos casos la multa es un 100%. Siempre recomendamos que si no puede pagar, haga un convenio, porque es una manera de no ser moroso y de tener al día otro montón de asuntos que son importantes para el funcionamiento como empresa. Tener el certificado único vigente le permite a un contribuyente pedir un préstamo bancario”, concluyó Faral.

La nueva estrategia de la DGI y las metas que tiene en facilitar y controlar a contribuyentes
Pago de impuestos en la DGI. Foto: Fernando Ponzetto

La Dirección General Impositiva (DGI) tiene un nuevo Plan Estratégico de Gestión 2020-2024 con cinco líneas estratégicas: “Simplificar y facilitar el cumplimiento voluntario” de los impuestos, “impulsar una mayor agilidad, eficiencia, efectividad y seguridad en las operaciones de DGI”, “potenciar la gestión de riesgo de cumplimiento”, “disponer de personal altamente capacitado, comprometido, con perfiles diversos y adecuados a la función” y “gestionar la información haciendo un uso avanzado de los datos y la analítica”.

Parte de estos aspectos fueron mencionados por la directora general de Rentas, Margarita Faral en entrevista con El País publicada el domingo.

El plan contiene varios indicadores de la DGI. Uno de ellos es la cantidad de contribuyentes. En empresas, la DGI tiene inscriptas a 335 grandes contribuyentes, 13.479 CEDE, 252.196 no CEDE (en función de esta clasificación, son distintos los controles y exigencias, siendo algunos responsables de ciertas retenciones de tributos y otros no, por ejemplo), 31.054 bajo el régimen pequeña empresa y 35.517 bajo el régimen de monotributo.

Una de las metas que se propone la DGI para 2024 es pasar de 62% a 80% la cobertura de utilización de servicios de línea (para trámites, exceptuando pagos y devoluciones). También se propone pasar de 144.453 comunicaciones preventivas y proactivas enviadas a contribuyentes personas físicas a 800.000 a fin de 2024. “Cuanto antes podamos llegar, mejor”, manifestó Faral.

En cuanto a la fiscalización, la DGI se propone cambiar la relación de las inspecciones. En 2019, el 23% de las actuaciones inspectivas de DGI fueron intensivas (con el funcionario haciendo un relevamiento pormenorizado de una empresa), el 10% fueron auditorías de oficina y el 67% correspondió a otras actuaciones. Para 2024 el organismo prevé que el 25% sean actuaciones inspectivas intensivas, el 30% auditorías de oficina (para las que se utilizan datos que la DGI recibe en tiempo real y/o tiene) y 45% otras actuaciones.

Además prevé disminuir el tiempo de duración de las actuaciones intensivas (desde que comienza la inspección hasta que la DGI emite el dictamen). Actualmente el 33,3% de las actuaciones intensivas se termina en hasta 90 días desde la fecha de inicio, el 57,6% en hasta 180 días de iniciada y el 85,5% en hasta 360 días desde la fecha de inicio. Es decir, que 14,5% de las actuaciones llevan un año o más.

Para 2024 la DGI se propone que 85% de las actuaciones intensivas estén culminadas en hasta 180 días de iniciadas.

El último punto del Plan Estratégico de la DGI, de “gestionar la información haciendo un uso avanzado de los datos y la analítica” es clave para los otros aspectos. “Mediante el uso del análisis de información y de los datos, podemos mejorar todos los aspectos de nuestra operativa: servicio al contribuyente, gestión del riesgo de cumplimiento y una cantidad muy importante de nuestras operaciones internas”, aseguró el documento.

Para lograr esto, el organismo planea “invertir en nuevas soluciones de software para análisis y visualización de datos, desarrollar modelos predictivos, realizar análisis de riesgos apoyado en el uso de Inteligencia Artificial y el manejo masivo de datos (Big Data)” y “ampliar los mecanismos que permitan incorporar y/o validar la información con datos de otros organismos estatales”, añadió el documento.

También prevé “integrar la información geográfica como un elemento adicional para la mejora de la calidad de la información y la gestión de riesgos de cumplimiento”.

Actualmente, la DGI cuenta con 54,9% de los domicilios fiscales georeferenciados y la meta para el 2024 es llegar al 80%.

Por otro lado, la DGI tiene 33,69% de las personas físicas con datos de contacto registrados y planea llevarlo al 80% en 2024. “Una de las prioridades para este año es ampliar nuestra base de contactos, porque de muchos contribuyentes uno no tiene un número de teléfono”, indicó Faral.

A su vez, actualmente el porcentaje de personas físicas que se autentican en la web del organismo con identidad digital es 14,09% y la DGI quiere llevarlo a 90% en 2024. La identidad digital “es una forma de identificarse que es para todos los trámites ante el Estado, no solo para la DGI. Puede ser con la cédula con el chip (si se tiene lector) o puede ser la identificación gubuy que es de Agesic y después hay proveedores como Abitab y próximamente Redpagos que está en proceso. Los contribuyentes de la DGI que se acercan a una red de cobranza, lo pueden hacer sin costo, el costo es nuestro”, explicó la directora de Rentas. La identidad digital, “es una forma de acreditarse única y no tener un PIN para cada agencia del Estado”, agregó Faral.

El documento concluyó que “la guía de este Plan Estratégico cuyos pilares son la generalización de un modelo de servicios destinado a los contribuyentes y a la ciudadanía, la consolidación del proceso de gestión de riesgos de cumplimiento, la actualización de la infraestructura tecnológica y los cambios en la gestión humana”.

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