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Serra: DGI con fiscalización "fortalecida" por nueva ley

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Los datos bancarios que reciba la DGI se utilizarán en controles. Foto: F. Ponzetto
Nota a Joaquin Serra, Director General de Rentas de la Dgi, ND 20151019 foto Francisco Flores
Archivo El Pais

Datos bancarios dan más elementos para saber “la capacidad contributiva”.

La información sobre los saldos y rentas en cuentas bancarias de particulares y empresas que tendrá la Dirección General Impositiva (DGI) desde el año próximo —serán datos del ejercicio 2017— "fortalecerá las facultades" de fiscalización y permitirá evaluar "la capacidad contributiva" de los contribuyentes. Así lo manifestó a El País el director de Rentas, Joaquín Serra.

"Es una nueva herramienta de fiscalización que proporciona información sobre los titulares de las cuentas, ya sean estos personas físicas o jurídicas u otras entidades, residentes o no residentes en el país", resumió el jerarca.

Es que la Ley de Transparencia Fiscal aprobada a fines de 2016 en el Parlamento y recientemente reglamentada por el gobierno, obliga a las entidades financieras (bancos, fideicomisos, fondos de inversión, entre otros) a reportar al fisco cada año el saldo, promedio anual y rendimientos de los depósitos bancarios por encima de cierto límite para las cuentas preexistentes.

En el caso de las cuentas nuevas (a partir del 1º de enero de 2017) a nombre de sociedades o entidades del exterior, Serra explicó que "se reportarán todos los saldos y rendimientos de capital sin ningún límite a la DGI, quien los comunicará a las administraciones tributarias del exterior con la cuales Uruguay tenga vigente un mecanismo de intercambio automático de información financiera (hasta el momento son 27 incluidos países como Argentina, España, Francia, Suiza y México)".

Los límites establecidos en el decreto para el reporte al fisco de las cuentas preexistentes son: 400.000 Unidades Indexadas (UI) —equivalentes a $ 1.443.000 o US$ 50.616— para personas físicas y jurídicas residentes; y US$ 50.000 para entidades jurídicas radicadas en el exterior (bajará a US$ 20.000 en 2019). Para las cuentas de personas físicas extranjeras no hay límite para el reporte.

Respetando los montos de reporte establecidos en los estándares de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), Uruguay enviará al extranjero la información bancaria de los no residentes, aunque esos datos junto con los de los residentes también serán utilizados por la DGI para sus tareas de fisca-lización.

"Esta información permite evaluar, entre otros aspectos, la capacidad contributiva de los contribuyentes", detalló el director de la DGI. Para construir dicho indicador, que el fisco compara con los impuestos que paga el individuo o empresa, son relevantes "los saldos mantenidos en cuentas así como las rentas devengadas a partir de ellas" para "evaluar en forma integral la situación del contribuyente", indicó.

Serra agregó que los datos podrán ser utilizados "para la fiscalización de la imposi-ción a la renta en sus tres expresiones posibles —IRAE (Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas), IRPF (Impuesto a la Renta de las Personas Físicas) e IRNR (Impuesto a la Renta de No Residentes)— y al patrimonio".

Apuntó que esto se hará tanto con la "información obtenida localmente como con la de otras administraciones tributarias extranjeras respecto a residentes en el país", dado que Uruguay también recibirá cada año datos de las cuentas de compatriotas en países con los que posee un convenio tributario. Con eso, se podrá "profundizar la fiscalización en el pago del IRPF de rendimientos de capital mobiliario en el exterior", añadió Serra.

Asimismo, el jerarca reconoció que existe una "información extra" en poder de la DGI respecto a las cuentas bancarias preexistentes de sociedades o empresas extranjeras: el umbral de reporte para dichos casos es US$ 50.000 (por encima de eso deben informar) pero en línea con el estándar internacional para el intercambio automático de información tributaria, la DGI comunicará a los países de origen los datos de los depósitos superiores a US$ 250.000.

El abogado Guzmán Ramírez del estudio Bergstein dijo días atrás a El País que "con la fijación de un umbral bajo, la DGI evidencia su objetivo de fisca- lizar que las empresas extranjeras declaren y paguen el correspondiente Impuesto al Patrimonio" por sus depósitos en Uruguay. Es que debido a las normas de secreto bancario vigentes, la DGI no puede acceder a la información de las cuentas salvo que exista una sospecha de evasión.

Serra dijo que la flexibilización del secreto bancario que establece la nueva ley — "un golpe casi mortal" en palabras del presidente del Banco Central (BCU), Mario Bergara— para esas cuentas "permite acceder a cierta información financiera en forma automática, sin necesidad de trámites específicos o solicitudes a requerimiento, lo que facilita las tareas de fiscalización".

Período ventana.

La ley de Transparencia Fiscal también aumenta los impuestos a las sociedades en paraísos fiscales, como las tradicionales offshores panameñas utilizadas para la tenencia de inmuebles en Uruguay. El texto estableció un período ventana hasta el 30 de junio donde estas sociedades podrán transferir sus activos a otras entidades de origen nacional sin pagar impuestos o redomiciliarse en Uruguay como sociedad anónima accediendo a un trámite de registro más ágil. Un reciente decreto del Poder Ejecutivo reglamentó esto último y especificó que dicho trámite deberá ser aprobado por la Auditoría Interna de la Nación antes del 31 de diciembre.

Adaptación para recibir los datos.

Para comenzar en 2018 el intercambio automático de información, Serra explicó que se viene trabajando "en el diseño e implantación de los procesos (informáticos internos) para la recepción de la información financiera que remitirán a la DGI las entidades financieras obligadas y las administraciones tributarias extranjeras". Esta adaptación se da en el marco de la Convención sobre Asistencia Administrativa y el Estándar Común Reporte ("CRS" por sus siglas en inglés) que promueve la OCDE, que establecen las bases del intercambio de datos tributarios. Además, Serra dijo que para facilitar ese proceso se "está desarrollando un sistema global de transmisión de datos que ofrecerá un mecanismo estandarizado para el intercambio de archivos" entre los fiscos.

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Los datos bancarios que reciba la DGI se utilizarán en controles. Foto: F. Ponzetto

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