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Son ley los cambios en tickets alimentación: ¿cuáles son y desde cuándo rigen?

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Emisores: cuestionan varios aspectos del proyecto de ley. Foto: M. Bonjour
MARCELO BONJOUR

Ley de Inclusión Financiera

El Parlamento aprobó ayer el proyecto del gobierno que introduce cambios en la ley de inclusión financiera. Entre otras disposiciones, se modifica el funcionamiento del mercado de las partidas extra salariales como los tickets alimentación.

Con los votos ayer en la Cámara de Diputados que avalaron los cambios hechos en el Senado, quedó aprobado el proyecto del gobierno que realiza varias modificaciones en la ley de inclusión financiera de 2014.

Entre las principales innovaciones está la posibilidad de que el trabajador retire de una sola vez el sueldo y que los jubilados que así lo quieran cobren su pasividad en efectivo, pero lo que causó más polémica son los cambios introducidos en el mercado de partidas extrasalariales, como los tickets alimentación (los más habituales).

Lo principal es que se equipara la lógica de funcionamiento de estas prestaciones al pago de salarios, dando la posibilidad al empleado de elegir por cuál institución cobrar, debiendo cumplir un año para poder cambiarse. Por ejemplo, alguien que cobra con tickets alimentación emitidos por Edenred, puede cambiarse para "Canasta Pass" de Sodexo o Itaú Alimentación, entre otras opciones.

Otra variante introducida es que el servicio no tendrá costo para las empresas contratantes, es decir que las compañías emisoras de estos instrumentos no podrán cobrar por esa tarea y tendrán como única fuente de ingresos el arancel que abonan los comercios cada vez que alguien paga con esas tarjetas. Esto llevó a que las dos principales empresas que dan este servicio, que son Edenred y Sodexo, criticaran los cambios legales en el Parlamento y hasta amenazaran con cerrar.

Ambas disposiciones regirán desde 2020, según se acordó en el Senado, aunque la fecha original del proyecto enviado por el Poder Ejecutivo era 2019.

El asesor del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y coordinador de inclusión financiera, Martín Vallcorba, explicó hace días en el Parlamento que los cambios responden a que los emisores de tickets "continúan cobrando un arancel muy elevado" a los comercios y "un costo elevado al empleador". Dijo que hay "un mercado con serios problemas de competencia y una concentración grande, por lo que estas disposiciones van a ayudar a que se generen nuevas posibilidades y mejoras para los comercios".

También se modificó el tope máximo para la exoneración de aportes personales jubilatorios de estas partidas: en 2019 serán 150 Unidades Indexadas (UI) u2014$ 603u2014 por día trabajado y bajará a un máximo de 100 UI u2014$ 402u2014 a partir de 2020. Esto fue considerado por las cámaras empresariales como un aumento indirecto de impuestos.

Los demás cambios, como el cobro de la jubilación en efectivo y el retiro de una vez del sueldo regirán desde la vigencia de la ley, es decir 10 días después de su promulgación.

Los votos para aprobar el proyecto fueron del Frente Amplio, el Partido Independiente y parte del Partido Nacional. El diputado colorado, Conrado Rodríguez, explicó a El País que no apoyan "la obligatoriedad del pago de remuneraciones (por vía bancaria) y sobre eso no hubo modificaciones".

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