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¿Cuáles son los nuevos datos a los que accederá la DGI?

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Los datos que enviarán unas 50 multinacionales a la DGI permitirán controlar que no haya transacciones artificiales. Foto: F. Ponzetto

Hacia el fin de la transparencia

Tanto para fiscalizar a nivel interno como para compartir información con otros fiscos, un decreto reglamenta un nuevo capítulo de un proyecto que promueve la OCDE y al que Uruguay adhirió.

La acción 13 del proyecto BEPS (Base Erosion and Profit Shifting Project en inglés, término utilizado para definir las prácticas de evasión fiscal empresarial) que promueve la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) busca la cooperación entre los fiscos del mundo para controlar los precios de transferencia entre grupos multinacionales.

Esto porque "la Dirección General Impositiva (DGI) de cada país tiene información parcial, ya que saben solo lo que sucede en el país, sobre las empresas multinacionales y esto dificulta el control", explicó a El País el profesor de Impuestos de la Universidad ORT, Fabián Birnbaum. Entonces la iniciativa BEPS apunta a que "exista mayor información por parte de las empresas multinacionales a los efectos de que las administraciones tributarias puedan tener la foto completa".

En junio de 2016 Uruguay adhirió al proyecto BEPS y por ende se comprometió a incorporar las distintas acciones que el proyecto contiene para luchar contra la planificación impositiva que realizan las empresas multinacionales, que se aprovechan de la red mundial de tratados para evitar la doble imposición para trasladar beneficios a territorios de escasa o nula tributación.

Buena parte de esas disposiciones fueron incluidas en la ley de Transparencia Fiscal que se aprobó a fines de 2016 y entre otras cosas, perforó el secreto bancario, obligando a las entidades a reportar a la DGI los saldos y rentas en cuentas de particulares y empresas por encima de cierto monto.

El capítulo cuatro de aquella ley contenía medidas relativas a los precios de transferencia y en los últimos días un decreto del Poder Ejecutivo reglamentó esos aspectos.

Dirección General Impositiva. Foto: Archivo El País
Foto: Archivo El País

La mayor novedad pasa por que "las empresas multinacionales instaladas en Uruguay tendrán tiempo hasta el próximo 31 de diciembre para presentar ante la DGI información (exigida por la OCDE) acerca de todas las sucursales u otras entidades vinculadas que tengan alrededor del mundo", lo que se denomina "informe país por país", detalló un reporte del abogado Guzmán Ramírez de Bergstein al que accedió El País.

El envío de esos datos está limitado a aquellas firmas multinacionales cuyos ingresos totales a nivel global hayan superado en 2016 los 750 millones de euros, unos US$ 830,4 millones al precio promedio de la divisa aquel año.

El monto límite así como el resto de las disposiciones del decreto, están "alineadas" con la propuesta de la OCDE, dijo a El País el profesor de Fiscalidad Internacional y Derecho Financiero de la Universidad Católica, Leonardo Costa.

El informe de Ramírez indica que hasta ahora las multinacionales en Uruguay debían realizar y presentar a la DGI —siempre que el monto anual de sus transacciones con entidades vinculadas y sociedades offshore supere los US$ 6,1 millones— "un estudio de precios de transferencia, que permite desde un punto de vista contable/económico verificar que sus transacciones sean acordes a las prácticas normales del mercado".

El reciente decreto suma a los datos a remitir al fisco el "informe país por país" y el "informe maestro".

El primero contiene información contable y fiscal de las empresas del grupo como los ingresos brutos, rentas netas gravadas por impuestos, impuesto a la renta generado y pagado, capital declarado, ganancias acumuladas, cantidad de empleados y activos intangibles; mientras que el segundo brinda una visión general del grupo e información sobre la estructura, titularidad del capital, ubicación geográfica de las filiales, descripción de las principales fuentes de ingresos, acuerdos de prestación de servicios y un detalle de las políticas utilizadas para determinar los precios intra-grupo, entre otras cosas.

Así "el gobierno uruguayo incrementa la cantidad de información que las empresas multinacionales tendrán que presentar ante la DGI", señala el abogado de Bergstein. Esos datos pueden ser usados para la fiscalización interna o compartidos con fiscos de otros países con los que Uruguay tiene convenios de cooperación.

Costa manifestó que esta información servirá a la DGI para comprobar que no hubo "ventas irreales" a la interna del grupo multinacional para reducir la tributación en el país. Es que la disposición BEPS hace "que aumente la percepción de riesgo en la asignación de rentas" por parte de las empresas, y "desnuda las estrategias tributarias" de erosión de la base imponible, agregó el especialista.

Según el profesor de la Universidad Católica, serían no más de 50 empresas, grandes contribuyentes. las abarcadas por esta normativa en Uruguay.

Las multinacionales no deberán remitir esos informes a la DGI si ya lo realizaron en alguna otra jurisdicción con que el fisco uruguayo tiene en vigor un acuerdo de intercambio de información tributaria.

"La DGI podrá acceder a datos intra-grupo que antiguamente muchas empresas no querían dar por razones de confidencialidad", destacó Costa y afirmó que las medidas relativas a los precios de transferencia "aparte de facilitar la fiscalización pueden tener como impacto una mayor recaudación" para el Estado uruguayo.

El decreto fija una sanción de hasta US$ 235.000 para aquellas empresas que incumplan con la obligación de proporcionar la información requerida.

Los precios de transferencia

Fabián Birnbaum señaló que a nivel global cerca del 60% de las transacciones se realizan entre partes que tienen alguna vinculación. "Esto conlleva que la determinación de los precios (del negocio) pueda ser arbitraria y como consecuencia (alterarse) la locación de las ganancias entre las distintas entidades del grupo", buscando llevarlas hacia Estados con bajos impuestos. Para combatir eso surgen los precios de transferencia, que son normas "que obligan a considerar las transacciones entre partes vinculadas al precio que hubieran sido transaccionados con un tercero independiente". Si se detecta una anomalía en los valores, el fisco puede "realizar una estimación de los precios que hubiesen correspondido y en consecuencia reliquidar impuestos".

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