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Vivienda: titularidad compartida entre las parejas

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Foto: PxHere

Proyecto de ley

En cooperativas cada integrante tendrá un voto, dice proyecto.

El gobierno envió al Parlamento un proyecto para modificar ciertos aspectos de la ley que regula el funcionamiento de las cooperativas. El objetivo, es que en el caso de las destinadas a vivienda exista "la titularidad compartida entre los integrantes de una pareja", con "igualdad de derechos de uso y goce" del inmueble.

Según explica la exposición de motivos, la Ley Nacional de Vivienda aprobada hace 50 años consideró "para las decisiones en las cooperativas, un voto por cada socio con independencia del capital social que le corresponda a cada uno".

En las cooperativas de viviendas, se hace "imposible independizar al socio cooperativista del núcleo familiar destinatario de la vivienda y de la pareja responsable de ese núcleo familiar", por lo que el Poder Ejecutivo entiende "necesario" establecer políticas contra "las desigualdades de género".

Atendiendo eso, es que propone establecer "para los socios de cooperativas de viviendas la titularidad compartida entre los integrantes de la pareja".

Esto hará que las parejas propietarias pasen a tener dos votos en cualquier instancia de decisión de la cooperativa. Es así que se plantea "el voto ponderado para cada vivienda, que será doble en caso de existir una pareja en la misma, y simple cuando la jefatura del hogar la ejerza una única persona".

"La titularidad compartida se concibe como un instrumento de equidad de género ya que supone el ejercicio de la corresponsabilidad con independencia de género, en términos más amplios, entre integrantes de una pareja para la toma de decisiones vinculadas a la vivienda", dice el Poder Ejecutivo.

El artículo sustitutivo habla de que la titularidad compartida se aplicará a parejas que constituyan "matrimonio, unión concubinaria reconocida, o unión concubinaria sin declaración judicial de reconocimiento con independencia de su género y estado civil".

Los socios cooperativistas anteriores al régimen de titularidad compartida "podrán optar de común acuerdo por incorporarse al mismo", siempre que "tengan conformada una unión matrimonial o concubinaria". A su vez, se admitirá "el retiro de un socio de la titularidad compartida para el caso de disolución del vínculo matrimonial o concubinario".

Estas disposiciones "dan respuesta a reclamos y planteos" de Fucvam —cooperativas de vivienda de ayuda mutua— y Fecovi —cooperativas de vivienda por ahorro previo—, así como del Instituto Nacional de las Mujeres y del Instituto Nacional del Cooperativismo.

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