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Testamentos: ¿cuál es su validez y cómo funcionan?

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Testamento. Foto: Fernando Ponzetto.

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Tener hijos o cónyuge son algunas de las condicionantes a la hora de dividir los bienes, aunque exista un testamento.

Lo vemos en películas y series. Personas sentadas alrededor de una mesa a la espera de saber qué dice el testamento del familiar o amigo. En ese momento se enteran de que dejó todo su patrimonio a una sola persona. En Uruguay la realidad no condice al 100% con la ficción. Los testamentos, que sí son legales, tienen restricciones y deben cumplir requisitos.

En el Registro de Testamentos ingresaron 3.352 en 2020, según informó a El País el Poder Judicial. Previamente, en 2019 se registraron 3.370, en 2018 fueron 3.501, en 2017 fueron 3.495 y en 2016 fueron 3.341.

Por definición, el testamento es un acto “por el cual una persona dispone, conforme a las leyes, del todo o parte de sus bienes, para después de su muerte”. Así está establecido en el artículo 779 de la ley 16.603 del Código Civil.

Entonces, ¿una persona puede decidir libremente a quién dejarle sus bienes? Depende. En el Derecho uruguayo existen las asignaciones forzosas, aquellas que el testador está obligado a realizar. Asimismo, la legislación también deja la posibilidad de disponer una porción a favor de terceros. La situación varía según el individuo.

Beatriz Ramos, profesora de Derecho en la Universidad de la República y la Universidad Católica, indicó que una de las asignaciones forzosas son las legítimas, que “son aquellas a favor de los herederos forzosos”.

Además, si el testador está casado, a la hora de hacer la división tiene que tener en cuenta la figura del cónyuge. El viudo o cónyuge supérstite se “contabiliza” en la sucesión, explicó María Eugenia Cal, abogada de Ferrere. Otro aspecto a considerar es cuántos bienes son propios y cuántos gananciales, si es que existen.

¿Quiénes son los herederos forzosos?

Son herederos forzosos los descendientes matrimoniales o extramatrimoniales. Es decir, “toda la línea recta descendiente”, explicó Ramos. El caso más común son los hijos.

¿Cuáles son los escenarios si una persona tiene descendientes? La profesora contó que el “Código Civil dice que, si tengo un hijo, puedo disponer libremente de la mitad de mis bienes por testamento. Si tengo dos, solo de un tercio, y, si tengo tres o más, puedo disponer de un cuarto”. Por ende, a mayor cantidad de hijos, la posibilidad de asignar los bienes disminuye.

Ahora, ¿qué pasa si no hay hijos? También son herederos forzosos los ascendientes matrimoniales. Es decir, padres o madres. La clave es si el testador es hijo matrimonial o extramatrimonial.

Si hay ascendientes forzosos queda libre para asignar el 50% de los bienes. No importa si hay uno o dos beneficiarios, explicó Ramos.

La profesora comentó que los herederos forzosos existen en la legislación uruguaya para “proteger a la familia”. Planteó la siguiente situación. Una persona dispone en su testamento dejar todo su patrimonio a un amigo a pesar de tener dos hijos. En ese caso, los herederos forzosos “tienen que entablar una acción de reforma del testamento ante el Poder Judicial”.

De esa manera, hacen respetar sus derechos. A su vez, aclaró que “esas acciones se tienen que hacer en cuatro años. Si no la entablan, entonces el testamento va a tener efecto y queda todo para el amigo”.

Situaciones

¿Se puede desheredar?

Ramos y Cal explicaron que desheredar a una persona es un proceso complejo. En el Código Civil están previstos los motivos que la abogada calificó como “súper específicos y exigentes”. En la misma línea, la profesora dijo que son situaciones “muy extremas”.

Un hombre carga un ataúd este viernes en el puerto de Manaus, en el estado de Amazonas, uno de los lugares más golpeados por la pandemia. Foto: AFP
Algunos quieren dejar todo preparado para el momento de su muerte. Foto: AFP

Cambio de situación tras el testamento

Un testamento es una foto de “un momento determinado”, comentó Cal. Por eso mismo, la situación puede variar a lo largo de los años.

“Si hago un testamento con 34 años, después con 60 años es previsible que la foto sea diferente. Pudo haber cambios en mi escenario patrimonial, de pareja y descendencia el día que muera”. Por lo tanto, cuando “fallezca se va a tener en cuenta” la situación en ese momento.

A pesar de que se realice un testamento, el individuo puede hacer lo que quiera con sus bienes hasta el día de su muerte. Es un documento que “no ata”, aclaró la abogada.

Además, es “esencialmente revocable”. Así está previsto en el artículo 779 de la ley 16.603 del Código Civil. Por lo tanto, una persona puede otorgar hoy el 100% de sus bienes al hermano y pasado mañana cambiarlo o dejarlo sin efecto, explicó Cal.

Solo se puede acceder al testamento de una persona cuando falleció. Después de que la persona muere, se obtiene una copia del documento y se inicia una sucesión testada.

Cal contó que ahí se inicia un proceso donde, entre otras cosas, se verifica si lo que está en papeles se aplica a la realidad. Es decir, si la división dispuesta está dentro del marco legal.

“El juez tiene como guía intentar respetar la voluntad de quien no está, que no se puede defender. Pero ese respetar tiene límites”, agregó.

“Si mi última voluntad era no dejarle nada a mi hija, eso no se puede” porque es heredera forzosa, concluyó Cal.

Situaciones

¿Qué pasa si el testador fue a la guerra?

En el Código Civil también está previsto qué sucede cuando una persona va a la guerra. El testamento puede ser recibido por un capitán u oficial de grado superior al capitán, o por un comisario o un auditor de guerra. Además, si el testador está enfermo o herido lo puede recibir el médico. Y, si la persona se encuentra en un destacamento, puede recibirlo el oficial que lo mande. En todos estos casos es necesaria la presencia de dos testigos de los que uno, al menos, sepa firmar.

Situaciones

¿Cómo se hace si se está en el exterior?

Hay dos tipos de testamento solemne, según el artículo 971 de la ley 16.603 del Código Civil. Uno es el abierto, que es cuando la persona dice cómo quiere repartir sus bienes delante de un escribano y testigos. El cerrado, por otra parte, es cuando ni el escribano ni los testigos saben cuáles son las disposiciones del testador. El testamento debe ser firmado por el testador, el escribano y los testigos.

¿Qué cosas se pueden prever en un testamento?
Fideicomiso testamentario y designar albaceas
Jueces reivindicaron la independencia del Poder Judicial en decisiones. Foto: Archivo El País

El testamento no solo sirve para dividir bienes. Es un documento que permite establecer otras cosas.

Cal contó que está la opción de hacer un fideicomiso testamentario. Implica que a través de este documento puedo disponer, por ejemplo, que las acciones de mi propiedad pasen a un fideicomiso y designar a mis hijos como beneficiarios.

Otra posibilidad es establecer albaceas. Es designar a alguien para que administre la herencia. La persona se encargará de “repartir todo conforme” a la voluntad de que falleció, dijo la abogada. A veces se utiliza “cuando hay patrimonios importantes” y con “cierta complejidad”.

En el Registro de Testamentos, que depende del Poder Judicial, ingresaron 3.352 testamentos en 2020. Cal contó que en su ejercicio profesional en Ferrere ve “muchísimas” personas que realizan testamentos y aseguró que es una práctica “re común”.

Además, entiende que es un “buen ejercicio” porque, entre otras cosas, “ayuda a organizar” el reparto del patrimonio.

Puede suceder, por ejemplo, que una persona tenga dos hijos que no tengan una buena relación. Entonces, si cuenta con dos apartamentos de un valor similar, se puede dejar por escrito cuál le corresponde a cada uno, ejemplificó.

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